Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

El ombudsman salvadoreño dice que la nulidad de la Amnistía no traerá una “cacería de brujas”

El ombudsman salvadoreño dice que la nulidad de la Amnistía no traerá una "cacería de brujas"

EFE

San Salvador —

0

La inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía dictaminada por la Corte Suprema de Justicia de El Salvador no generará un “caos político” ni una “cacería de brujas” en el país, aseguró hoy el defensor del pueblo, David Morales.

“Es un mito que aquí va haber una cacería de brujas, que se perseguirá a la clases política, (...) que se altera el proceso de paz, que se altera la democracia, que se podría generar un caos político en El Salvador”, señaló Morales en conferencia de prensa.

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró el miércoles “inconstitucional” la Ley de Amnistía general vigente desde 1993, que ha impedido juzgar a los implicados en crímenes de guerra durante el conflicto civil que vivió El Salvador entre 1980 y 1992.

El defensor de los Derechos Humanos aseguró que la derogación o nulidad de leyes similares en otros países latinoamericanos “ha traído el fortalecimiento de las democracias, de los sistemas judiciales, no han traído caos o alteraciones de la paz”.

Morales detalló que la sentencia del Constitucional se suma a otra del año 2000 que decretó que los jueces podían declarar inaplicable la Amnistía en casos de crímenes de guerra.

Añadió que “desde hace más de 10 años” la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) “ha dictado sentencias en las que ordena que la Amnistía no debe aplicarse”.

“Esta sentencia se suma a una serie de sentencias internas e internacionales que reconocen la obligación de justicia del Estado” por lo que la Ley de Amnistía “perdió su fuerza jurídica hace más de 15 años”, expuso.

No obstante, remarcó que la ley de Amnistía ha sido el principal elemento para la “impunidad” frente a los crímenes de guerra, y “que ha radicado en la postura de jueces y fiscales que ante los casos concretos han decidido favorecer a los represores y discriminar a las víctimas”.

“Esta sentencia se convierte en un herramienta de mayores alcances para exigir justicia”, y “si se respeta la sentencia tendremos algunos casos ejemplarizantes y esto generará por primera vez, desde los Acuerdos de Paz (1992), las primeras luces de la reconciliación”, auguró.

Entre los casos que podrían ser reabiertos o investigados por la nulidad de la Amnistía están el de 6 padres jesuitas y dos de sus colaboradoras (1989); la masacre más de 1.000 campesinos en El Mozote (1981),; el magnicidio de Óscar Romero (1980) y otros presentados en el Informe de la Comisión de la Verdad (1993).

Etiquetas
stats