NC demanda que convenio colectivo del Ayuntamientode la capital incluya a los trabajadores de los programas de fomento de empleo
Nueva Canarias (NC) en Santa Cruz de La Palma demanda que el convenio colectivo del Ayuantamiento “incluya a los trabajadores y trabajadoras beneficiarios de los programas de fomento de empleo, una posición que ha defendido a través de una moción durante el pleno ordinario celebrado este del 28 de diciembre de 2020”, indica en una nota de prensa.
Señala que “esta exigencia pretende solventar un conflicto que evidencia una manifiesta discriminación respecto al salario, jornadas de trabajo o cualquier otro derecho, entre otras cuestiones. Un hecho que ha llevado a los tribunales a ratificar un cambio de doctrina para resolver la situación de este colectivo especialmente vulnerable respecto a otros trabajadores que realizan idénticas funciones en el ámbito de la administración local”.
En este sentido, se apunta en la nota, NC ha solicitado “la inclusión en el convenio colectivo del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma a los trabajadores y trabajadoras beneficiarios de programas de empleo (SCE, Fdcan…) y permita mejorar las condiciones laborales de las personas contratadas”. La actual situación, añade, “supone un trato desigual de los trabajadores contratados y trabajadores municipales que, realizando el mismo trabajo, sin embargo, perciben un salario inferior al establecido en el convenio colectivo municipal”.
La concejala de Nueva Canarias en el Consistorio de la capital, Maeve Sanjuán Duque, ha señalado que resolver esta situación “es una cuestión prioritaria para la administración ya que numerosos Tribunales Superiores de Justicia de las distintas Comunidades Autónomas han manifestado que las condiciones reguladas por los convenios colectivos de los ayuntamientos ‘son aplicables a los trabajadores contratados por los mismos, incluso si sus contratos son financiados a partir de programas provenientes de subvenciones de otras administraciones’ y que, por lo tanto, ‘la exclusión de este colectivo de trabajadores del ámbito de aplicación del convenio colectivo es contraria al principio de igualdad ante la Ley derivado de los artículos 9 y 14 de la Constitución, debiendo remediarse mediante la aplicación al conjunto de trabajadores analizado el citado convenio colectivo”.
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