Un coste de 335.000 euros para abatir 50 arruís y 3 ovejas asilvestradas y abandonarlos en el campo

0

Para mear y no echar gota. Así nos hemos quedado en la Asociación Cazadores de Canarias Siete Islas al recibir los datos facilitados por la Consejería del Gobierno de Canarias de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial en cuanto a la instancia realizada por nuestro secretario en materia de información ambiental por la que se solicitó conocer la eficacia de la estrategia de erradicación del arruí en la isla de La Palma desarrollada por Gesplan S.A. en el ejercicio 2021, así como el coste que había supuesto la estrategia. La respuesta fue obtenida en los plazos que establece la Ley 27/2006 de 18 de julio referente al acceso a la información ambiental, y ésta fue expuesta de manera muy clara, concisa y detallada, aspectos que agradecemos desde la asociación. No obstante, la información facilitada nos generó una enorme preocupación ya que en el documento de respuesta reconocen no tener constancia de la estrategia de erradicación de la especie, requisito que exige la Ley 42/2007 de 13 de diciembre de Patrimonio Natural y Biodiversidad a través de su artículo 64.5; “Las estrategias, planes y campañas de erradicación de las especies deberán contar con indicadores y un programa de seguimiento que permitan evaluar su eficacia”. Esto suscita a entender que se ha realizado una campaña de erradicación en el año 2021, sobre una especie exótica invasora, sin conocer si dicha estrategia ha sido efectiva. Pero esto no es todo, y adquiere una alarmante irresponsabilidad moral cuando junto al desconocimiento de la eficacia de la estrategia se le suma un coste total de 334.970,88 euros de dinero público. En definitiva, la información facilitada por la Consejería en cuestión confirma el abatimiento de 50 arruís y 3 ovejas asilvestradas con un coste de 334.970,88 euros, y toda esta gesta para finalmente dejar los cadáveres abandonadas en el medio natural. ¡Toma ya!

Mientras tanto, los cazadores seguimos exigiendo el aprovechamiento del recurso, sin generar gasto de dinero público, pues a diferencia de lo anterior, la actividad cinegética fomenta la economía local (pernoctaciones en hospedajes, consumo en hostelería, combustible, seguros de caza, equipamiento, beneficio en compañías aéreo-marítimas, etc.) y obteniendo un resultado que en los datos históricos de las campañas de caza acreditan el abatimiento de mayores cifras de arruís, a la vez que se aprovecha la carne de los animales abatidos.

¿Cómo se puede acreditar, justificar y argumentar el implementar una acción que cuesta a todos los ciudadanos 335.000 euros para finalmente abatir y abandonar en el campo 50 ejemplares de arruís y 3 ovejas asilvestradas?

¿Cómo es posible que para este año 2022 la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el cambio Climático y Planificación Territorial vuelva a contemplar ejecutar la misma estrategia que el año anterior cuando aún no conocen la efectividad de la anterior y todo esto conllevando un coste económico elevado? ¿Cómo se puede entender que aquellos organismos públicos encargados de gestionar el medio natural permitan la detonación de armas de fuego durante todas las semanas, de manera repetitiva, durante los meses de marzo, abril, y mayo en los espacios naturales protegidos de La Palma los cuales incluyen Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y Zonas Especiales de Conservación (ZEC)? ¿Se ha estudiado el impacto que estas ruidosas acciones provocan en las especies endémicas de aves como la paloma rabiche, paloma turqué, gavilán o graja en los meses de reproducción y cría? ¿No sería menos contaminante desarrollar estas acciones en otros meses? ¿Es entonces una utopía aquella expresión recogida en el artículo 45 de la Constitución Española de que “el que contamina paga” con el objeto de concienciar a las empresas, entre otras entidades, a la conservación del medioambiente y a reparar los daños generados? ¿No es imprudente, dañino y contaminante que la empresa encargada de realizar las acciones de erradicación del arruí en los espacios naturales protegidos proceda a dicho lugar perturbando la tranquilidad de las aves en un momento sensible como es la nidificación? ¿Se puede gestionar peor las acciones de conservación del medio natural?

Además, por otro lado, desde dicha Consejería se nos facilita el Plan de gestión del arruí para la isla de La Palma elaborado por la empresa contratada y observamos otra afirmación cruel e inaceptable en aspectos éticos y morales en el cronograma del programa enviado donde se fomenta matar aquellas hembras de arruí en el momento de la cría y la lactancia con el objeto de no sólo aumentar la detectabilidad de los ejemplares sino también la de lograr la muerte por hambre de la cría al no poder alimentarse de la madre abatida. ¡Qué ético y qué moral y todo ello con dinero de todos los ciudadanos!

En definitiva, desde la Asociación Cazadores de Canarias Siete Islas seguiremos insistiendo en la defensa de la actividad cinegética como una herramienta efectiva, que genera economía y que se comporta de una manera más ética en la muerte de los animales. Frente al derroche de dinero público que supone la contratación de empresas para el abatimiento de animales, nuestra asociación apuesta por la caza generando riqueza local y no gasto público. Frente al abatimiento de ejemplares de arruís y posterior abandono en el medio natural nuestra asociación defiende el aprovechamiento del recurso mediante la caza y el consumo de su carne. Frente a la crueldad de pretender abatir a las hembras parturientas para conseguir la colateral muerte de las crías al no poder amamantarse, nuestra Asociación aboga por un aprovechamiento ético y moral del recurso.

Asociación Cazadores de Canarias Siete Islas

Etiquetas
stats