Demócratas para el Cambio impulsa el Pacto por la Democracia en Canarias
El foro cívico Demócratas Para El Cambio (DpC) ha impulsado desde febrero la firma de lo que ha denominado Pacto por la Democracia en Canarias, una iniciativa dirigida a los partidos políticos canarios con el objetivo de establecer unos puntos mínimos de acuerdo que permitan el inicio de un diálogo entre ellos con la intención de poder llegar a redactar una Ley Electoral canaria emanada del Parlamento.
Según explican en un comunicado, hasta ahora, Nueva Canarias, Izquierda Unida Canaria, Unión Progreso y Democracia, Compromiso por Gran Canaria y Partido de Independientes de Lanzarote han confirmado su voluntad de firmarlo. El Centro Canario Nacionalista y el Partido Popular se han mostrado favorables a la reforma electoral y están pendientes de estudiar el documento. Del Partido Socialista Canario y Coalición Canaria no se ha obtenido aún respuesta.
La razón, afirman, para esta nueva iniciativa es “el conocimiento de que la mayoría de partidos políticos canarios se ha manifestado favorable a la necesidad de cambiar nuestra norma electoral, pero han sido incapaces de llegar a acuerdos básicos para iniciar el debate que se sustancie en una Ley Electoral”.
Consideran el Pacto por la Democracia en Canarias como “una invitación de representantes de la sociedad civil a los partidos políticos para aunar voluntades en torno a la mejora de la Democracia en Canarias y propone los puntos mínimos de acuerdo que sirvan de encuentro y partida”.
La última acción de DpC, que desde 2007 trabaja para lograr una reforma del sistema electoral de Canarias, fue la organización el 25 de enero pasado del festival REC ¡YA! que congregó a varios miles de personas en el parque San Telmo de Las Palmas de Gran Canaria. También promovió en 2011 la Declaración y el Manifiesto por la Reforma Electoral de Canarias, que firmaron más de 13.000 ciudadanos y más de 70 asociaciones y entidades que en su conjunto representan a 150.000 personas como asociados, votantes o afiliados.
Una norma sin ley
Demócratas Para El Cambio recuerda en su comunicado, que la normativa electoral canaria actual “depende de una Disposición Transitoria del Estatuto”. Hacen hincapié en que, a diferencia de la mayoría de comunidades autónomas, el Parlamento de Canarias no ha desarrollado una Ley Electoral. “Esta Disposición Transitoria Primera fija los elementos fundamentales del Sistema Electoral Canario, es decir, las barreras o topes electorales y el número de diputados de las circunscripciones. Esta Disposición Transitoria fue modificada en 1996, aunque para hacer más restrictivo el sistema. Así, se elevaron los topes electorales fijados en 1982, del 3% se pasó al 6% en la barrera autonómica y del 20% al 30% en la barrera insular”, explican en el comunicado.
El Sistema Electoral Canario fue, pues, fijado en un acuerdo pre-estatutario, en 1981-82, como elemento de un consenso para poner en marcha la Autonomía de Canarias, y dejando pendiente su desarrollo de una Disposición Transitoria del Estatuto, que nunca, en treinta y dos años se ha acometido. Para el foto, en materia de norma electoral, Canarias se encuentra en un estado “preconstituyente”, pues ninguna de las ocho Cámaras conformadas desde entonces “ha acometido la redacción de una Ley Electoral Canaria que diera forma más definitiva a la legislación electoral que la meramente temporal establecida en una Disposición Transitoria”.
“Nuestro sistema electoral es el menos proporcional, más restrictivo y de mayor desigualdad de voto de cuantos están vigentes en España. Este sistema hace que la mayoría parlamentaria y la mayoría real de los electores no sean coincidentes, y, por tanto, causa el perverso efecto de establecer que las decisiones no sean tomadas por la mayoría ciudadana. En Canarias se dio en 1982 la misma capacidad legislativa a una minoría poblacional del 12% que a la mayoría restante del 88%, y las Asambleas Legislativas constituidas desde entonces no han corregido esta situación con una Ley Electoral en treinta y dos años de duración de la Disposición Transitoria Primera que es en realidad la que de forma temporal lo rige”, concluyen.