Tirón de orejas judicial a Cardona por ocultar información a un sindicato
Los tribunales han dado un tirón de orejas al alcalde de Las Palmas de Gran Canaria, Juan José Cardona, por la opacidad informativa de su grupo de gobierno. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número cuatro de la capital ha sentenciado que el PP vulneró el derecho fundamental a la libertad sindical al negarle información a la sección del CSIF sobre el nombramiento de funcionarios interinos a través de listas de reserva constituidas para ocupar plazas en otras administraciones públicas.
El CSIF presentó la solicitud en enero de 2014 al sospechar que el Ayuntamiento había contratado a dos personas que procedían de una lista de reserva del Cabildo de Gran Canaria y a otra del Gobierno regional, según ha explicado a Canarias Ahora Leonardo Perera, portavoz de la central, que considera que dichos nombramientos no se ajustaron a los principios de igualdad, capacidad y mérito que deben regir el acceso al empleo público.
Cardona desestimó la petición del CSIF. Según el regidor capitalino, no había quedado acreditado el interés de los delegados sindicales en acceder a esa información ni su finalidad. El CSIF denunció lo que consideraba una obstrucción a su labor y la Justicia le ha dado ahora la razón, reconociendo su derecho a recibir la información y condenando en costas al Ayuntamiento.
En la sentencia, fechada el pasado 1 de septiembre, la magistrada María del Carmen Monte expone que la petición de la central “entra de lleno en las competencias sindicales y en el desarrollo de sus labores de información a sus afiliados”, por lo que, concluye, “el interés es evidente, con independencia de que el mismo se concrete”.
La juez precisa que los delegados sindicales no solo tienen el derecho de recibir información de la administración, sino también el deber de mantener informados a sus representados “en cuanto directa o indirectamente tengan o puedan tener repercusiñon en las relaciones laborales”. Esta transmisión de noticias es “el fundamento de la participación, permite el ejercicio cabal de una acción sindical, propicia el desarrollo de la democracia y pluralismo sindical y, en definitiva, constituye un elemento esesncial del derecho fundamental a la libertad sindical”, sostiene la magistrada.
Demanda contra las tres contrataciones
Al tener acceso al expediente completo a través de los juzgados y poder corroborar, de esta forma, que las contrataciones se efectuaron a través de listas de reserva ajenas al Ayuntamiento, el CSIF decidió también presentar una demanda en los juzgados de lo contencioso, ya que, en su opinión, los nombramientos son nulos de pleno derecho.
“El Ayuntamiento no nos dio la información para que no denunciáramos eso. El Partido Popular nos está limitando la información continuamente, todo es ocultar, porque mientras no haya información, no puedes denunciar”, lamenta Leonardo Perera, que sostiene que la Administración tiene la obligación, “por imperativo legal”, de comunicar al Comité de Empresa todos los contratos que se realicen.
El portavoz sindical recuerda que, antes de la llegada del PP al gobierno municipal, los delegados recibían hasta las notificaciones de “cualquier resolución de traslado”. “Ahora, según la última orden de servicio de personal, solo puede hablar con los representantes de los trabajadores el jefe de servicio, el resto lo tiene prohibido”, concluye.