La portada de mañana
Acceder
El PSOE convierte su Comité Federal en un acto de aclamación a Pedro Sánchez
Las generaciones sin 'colchón' inmobiliario ni ahorros
Opinión - El extraño regreso de unas manos muy sucias. Por Pere Rusiñol

Canarias prorroga un mes más las restricciones excepcionales del nivel 4

Una persona camina por la estación de guaguas de Santa Cruz de Tenerife en el día en que la isla regresó al nivel 4 de alerta sanitaria

Efe / Canarias Ahora

0

La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias ha anunciado este lunes que se prorrogan hasta el 24 de febrero las restricciones excepcionales sobre horarios de cierre de establecimientos, aforos y desplazamientos en el nivel 4 de alerta por la pandemia de COVID, que habían sido moduladas el 7 de enero con una validez temporal, hasta este 24 de enero.

Actualmente hay tres islas en nivel 4 debido al empeoramiento de sus indicadores epidemiológicos: Tenerife, Gran Canaria y La Palma. Esta semana el Consejo de Gobierno deberá evaluar de nuevo la situación de cada isla para acordar si las mantiene en ese nivel, el máximo en cuanto a restricciones, o si alguna de ellas ha mejorado como pa suavizar sus medidas de contención del virus.

La prórroga por un mes más ha sido publicada en el Boletín Oficial de Canarias y afecta a los aforos en determinadas actividades o establecimientos y al adelanto a las 00.00 horas del horario de cierre en aquellos establecimientos y actividades que con anterioridad a la pandemia no tuvieran fijado un horario de cierre, o tuvieran fijado uno superior.

Sanidad informa en un comunicado de que las medidas relativas al aforo de determinados establecimientos o actividades distinguen entre los espacios abiertos y cerrados por el distinto nivel de riesgo que comportan, ya sea por tratarse de establecimientos o actividades en las que hay un menor riesgo de transmisión o porque se exige el certificado covid para el acceso.

El adelantamiento en una hora del horario de cierre de determinados establecimientos y actividades “viene determinada por la imparable evolución ascendente de la infección”, indica la Consejería.

Medidas excepcionales

En actividades de hostelería y restauración el aforo es de 75% en los espacios al aire libre y el 33% en espacios interiores.

En actividades culturales no multitudinarias, el aforo máximo permitido es del 75% en espacios al aire libre y 55% en espacios interiores.

En establecimientos turísticos de alojamiento, el aforo en las zonas comunes es el 50% en espacios al aire libre y el 33% en espacios interiores.

Establecimientos y locales comerciales, el 50% en espacios al aire libre y el 33% en los espacios interiores.

Lugares de culto religioso, velatorios y entierros el aforo es del 50% en espacios al aire libre y el 33% en los espacios interiores.

En academias, autoescuelas, centros de enseñanza no reglada y centros de formación el 50% en espacios al aire libre y el 33% en los espacios interiores.

Para el transporte público regular terrestre urbano y metropolitano de viajeros, el acuerdo establece un aforo del 75% y se reforzarán las líneas de mayor afluencia.

En el transporte público discrecional de viajeros en vehículos de turismos y de arrendamiento con conductor de hasta nueve plazas incluido el conductor, el aforo máximo será del 75%, salvo que se trate de personas del mismo grupo de convivencia estable, la fila de asientos del conductor no podrá ser ocupada por ningún otro usuario.

La norma también regula el aforo y número de participantes para la práctica deportiva federada al aire libre o espacios cerrados y la práctica deportiva no federada al aire libre, que está permitida procurando el mantenimiento de la distancia interpersonal de 2 metros siempre que sea posible, con uso obligatorio de la mascarilla.

Se establece que el número de participantes en competición será el determinado en las normas específicas deportivas. En entrenamientos, el aforo deportivo estará limitado al 33%, los aforos de público serán del 50% en espacios abiertos y el 33% en espacios cerrados.

En los establecimientos comerciales minoristas de alimentación y productos de primera necesidad se fija en un 75% el aforo máximo en espacios cerrados.

En cuanto a los desplazamientos interinsulares, se mantiene en suspenso la acreditación de una prueba diagnóstica.

Los aforos y accesos mediante certificado covid se mantienen sin variación y se mantiene que en nivel 4 de alerta sanitaria los grupos de personas en espacio de uso público y privado, cerrados o al aire libre, no pueden exceder de 6 personas, salvo convivientes.

Etiquetas
stats