La juez rechaza varios peritos y testigos propuestos por Ortega Cano
Sí admite dos pruebas periciales que apuntan que el extorero circulaba a una velocidad de entre 79 y 96 kilómetros por hora
SEVILLA, 5 (EUROPA PRESS)
La juez de lo Penal número 6 de Sevilla ha rechazado que comparezcan en el juicio varios peritos y testigos propuestos por el extorero y ganadero José Ortega Cano a fin de demostrar, entre otros aspectos, que no había ingerido bebida alcohólica alguna el día 28 de mayo de 2011, cuando su vehículo colisionó contra otro coche provocando el fallecimiento de su conductor, un vecino de Castilblanco de los Arroyos identificado como Carlos Parra.
Fuentes del caso han informado a Europa Press de que, en un auto dictado el pasado día 23 de mayo, la juez declara “pertinente” las pruebas propuestas por la defensa del acusado “a excepción” de algunos testigos por considerarlos “innecesarios”, como es el caso de tres personas cuya comparecencia había sido propuesta para demostrar el estado “óptimo” del imputado antes del accidente, ya que estuvieron o vieron a Ortega Cano el día de los hechos.
Asimismo, tampoco considera “pertinente” la comparecencia como testigos en el juicio que se celebrará en marzo de 2013 de los doctores que prestaban servicio de Urgencias en el Hospital Virgen Macarena cuando ingresó el imputado con motivo del accidente “a los efectos de acreditar el estado en el que se encontraba”, ya que la juez argumenta que “se trata de una diligencia que debió interesarse en instrucción”.
También rechaza, por ser un testigo “innecesario”, la comparecencia de un traumatólogo del Virgen Macarena que atendió al ganadero en la intervención quirúrgica realizada a las pocas horas del accidente, pues según la defensa podía tener su utilidad para conocer la colisión sufrida y la parte del cuerpo afectada. Igualmente, considera que la pericial-médica de la jefa del Servicio de Toxicología del Hospital Clínico Universitario de Zaragoza “es innecesaria” al haberse admitido la del director de la Unidad de Hematología del Macarena.
La defensa del extorero propuso esta última pericial-médica a fin de que emitiera un informe “sobre el protocolo observado en la sanidad pública en relación a los análisis de sangre realizados a pacientes que por su situación física no pueden prestar su consentimiento, a los efectos de su custodia para diferente finalidad”.
ADMITEN DOS PERICIALES SOBRE LA VELOCIDAD
De igual modo, no admite la pericial médica de otros dos doctores “por ser innecesarias”, así como una pericial médico-forense “al no haberse impugnado por ninguna de las partes”, todo ello en un auto que no es recurrible.
Por el contrario, el juez ha declarado “pertinente” la testifical de dos personas que estuvieron con el extorero en los momentos previos al siniestro, así como de un bombero que rescató a Ortega Cano de su vehículo y del conductor de la ambulancia de Castilblanco de los Arroyos que auxilió al imputado, todos los cuales “podrán acreditar el estado en el que se encontraba” el acusado.
También ha admitido la pericial técnica de los ingenieros industriales de la Universidad de Zaragoza Juan José Alba y Alberto Iglesia, quienes han elaborado un informe en el que realizan un cálculo de la velocidad a la que circulaba el Mercedes Benz R320 de Ortega Cano en los momentos previos a la colisión y apuntan que el extorero circulaba a una velocidad de entre 79 y 96 km/h, frente a los 125 km/h fijados por la Guardia Civil.
Igualmente, en el plenario comparecerá el ingeniero técnico industrial y especialista en reconstrucción de accidentes de tráfico Francisco Galadi Rey, que concluyó en un informe que la invasión del carril contrario por parte de Ortega Cano “fue puntual e iba a resultar momentánea, dado que existen claros indicios referentes a que Ortega Cano reaccionó rápidamente y dirigió de nuevo su vehículo hacia su carril de origen”.
ADMITE LAS PRUEBAS DE LA ACUSACIÓN PARTICULAR
En este sentido, el abogado de Ortega Cano, Enrique Trebolle, ha mostrado en declaraciones a Europa Press su respeto a la decisión de la juez y ha adelantado que, al inicio del juicio, reproducirá todas las pruebas que le han sido rechazadas.
De otro lado, la juez ha admitido las pruebas propuestas en ambos escritos por la acusación particular, ejercida por el despacho Luis Romero y Asociados, aunque no se ha pronunciado, al no haberse aportado aún el informe pericial correspondiente, sobre un aspecto incluido en la indemnización solicitada, como es el lucro cesante derivado de los ingresos por los años de vida laboral que le quedaban a la víctima, los cuales “no van a estar a disposición de la familia”.
En el mismo auto, el Juzgado de lo Penal número 6 comunica que ha fijado el inicio del juicio para dentro de nueve meses, en concreto para el día 12 de marzo de 2013 en la principal sala de vistas de la sede judicial del edificio Noga.
LA FISCALÍA PIDE CUATRO AÑOS DE CÁRCEL
La Fiscalía de Sevilla solicita para el acusado cuatro años de cárcel y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante seis años por el accidente ocurrido el 28 de mayo de 2011, cuando el Mercedes Benz R320 que conducía Ortega Cano colisionó frontalmente con el vehículo de la víctima en la carretera que une Burguillos con Castilblanco de los Arroyos.
Añade el fiscal que el acusado circulaba a 125,2 kilómetros por hora frente a los 51 km/h de la víctima, de manera que a consecuencia de la “brutal” colisión, Parra falleció en el acto por traumatismo torácico severo y rotura cardiaca.
Respecto al acusado, fue ingresado en el Hospital Virgen Macarena a las 1,00 horas del 29 de mayo. “Debido al estado en el que se encontraba y siendo prioritario atender a su grave situación física”, los agentes de la Guardia Civil no realizaron al acusado la prueba de alcoholemia reglamentaria.
POSITIVO EN LA PRUEBA DE ALCOHOLEMIA
No obstante, y una vez fue ingresado, se le realizaron dos extracciones de sangre “con finalidad terapéutica”, tras lo que el juez instructor ordenó la remisión de muestra suficiente de la extracción al Instituto Nacional de Toxicología al objeto de analizar la presencia de alcohol o cualquier otro tóxico, detectándose finalmente 1,26 de gramos de alcohol por litro en la sangre del acusado.