El Servicio Canario de la Salud indemniza a una paciente por retrasar dos semanas una operación que debió hacer en 48 horas

Sede del Servicio Canario de Salud en Las Palmas de Gran Canaria.

Efe

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El Servicio Canario de Salud (SCS) ha abonado una indemnización de 169.740 euros a una paciente de Fuerteventura por demorar dos semanas una operación ante una patología de columna, el síndrome de cola de caballo, que deja secuelas muy importantes y permanentes si no se aborda en 48 horas.

La sanidad pública ha pagado esa cantidad, que incluye 17.449 euros en intereses, al ejecutar una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que la declara responsable patrimonial de las secuelas que padece desde 2017 la demandante, por un retraso en la intervención que se apartó de lo pautado en los protocolos.

El síndrome de cola de caballo se produce cuando las raíces nerviosas de la base de la columna vertebral se comprimen. Provoca un dolor intenso en la zona lumbar, incontinencia urinaria y pérdida de sensibilidad en los órganos genitales, las nalgas y el recto.

El caso lo examinó en primera instancia el año pasado el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, que consideró acreditado el retraso en el diagnóstico y en la intervención quirúrgica y concedió a la paciente una compensación de 60.910 euros, por “pérdida de oportunidad”.

La sentencia del TSJC, corrobora en lo sustancial el criterio del juez de Las Palmas: la paciente debió de ser trasladada a un servicio de Neurocirugía desde el mismo momento en el que presentó síntomas compatibles con el síndrome de cola de caballo, lo que ocurrió el 7 de noviembre de 2017.

El SCS alegaba en su descargo que la mujer arrastraba una serie de problemas anteriores en la zona lumbar que enmascaraban la situación, pero el perito que asesoró al tribunal determinó que al menos desde el 7 de noviembre había síntomas indudables de la cola de caballo.

El TSJC considera que existía una “probabilidad muy alta” de que, si la paciente hubiera sido intervenida ese mismo día, “según el protocolo, las secuelas habrían sido infinitamente más leves que las que, desgraciadamente debe soportar para siempre”.

Por ello, elevó a 169.740 euros la indemnización concedida en primera instancia a la demandante, defendida por la letrada de Pontevedra Alicia Rodríguez Fontán.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia fue dictada el 7 de noviembre. El pasado 3 de marzo, el SCS resolvió acatarla sin presentar más recursos y dio la orden de pago de la indemnización. 

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