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Los jueces ven “desconectado de la realidad” y contrario al derecho a la Educación el cierre de escuelas que pedía la USTEC

Un niño entra al colegio con mascarilla

Oriol Solé Altimira

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Varapalo a la pretensión del sindicato USTEC, el principal sindicato de profesores de la escuela pública catalana, de volver a cerrar los centros por el coronavirus. En un contundente auto, la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) rechaza la petición del sindicato de revocar la apertura parcial de centros implantada por la Generalitat.

Los magistrados tildan de “desconectado de la realidad” el cierre generalizado de escuelas que quería la USTEC ya que las instrucciones dictadas por la conselleria de Educación dejan en manos de cada centro la elaboración de un plan de apertura, además de declarar voluntaria la asistencia de los alumnos.

El sindicato planteaba además que la reapertura de centros era contraria al derecho a la Educación al no poder hacerse en condiciones de seguridad, algo que descarta por completo el TSJC. Los magistrados, de hecho, consideran que suspender la reactivación “limitada” de la actividad escolar, como pretendía la USTEC, es más “perjudicial para el derecho fundamental a la Educación que el reinicio de la vida escolar”.

“Debe prevalecer el interés público que subyace en el restablecimiento de la normalidad de la vida educativa, en un servicio público, al cabo, que también cabe calificar de esencial”, remarcan los togados, que afean al sindicato buscar una “medida maximalista o extrema” como el cierre de centros pese a la “ausencia de certezas científicas absolutas sobre la pandemia”.

Pero además, los magistrados constatan que la USTEC no ha aportado pruebas “que otorguen solidez a sus malos augurios” sobre la reapertura de centros. “Más allá de las palabras –zanjan los magistrados– no se han puesto a nuestro disposición datos fiables de los que inferir perjuicios irreparables en caso de no paralizar” las instrucciones de Educació para reabrir los colegios, un documento que los jueces avalan por ser “un catálogo nada desdeñable de medidas preventivas y de seguridad”.

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