Mazón condiciona la entrega a la jueza de la dana de sus llamadas y whatsapps a la resolución del recurso de su defensa

Lucas Marco

València —

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La defensa del expresident Carlos Mazón, que ejerce el abogado Ignacio Gally, ha presentado un escrito ante la jueza de la dana en el que condiciona la entrega de sus llamadas y mensajes del 29 de octubre de 2024, trágica jornada que acabó con 230 fallecidos, a la resolución de su recurso de apelación contra la decisión de la magistrada de citarlo como testigo y de excluir la posibilidad que se personara en la causa para tener acceso a las actuaciones.

Así lo indica en un escrito del pasado 7 de mayo al que ha tenido acceso elDiario.es, en el que también expresa su “conformidad” a la decisión de la instructora de esperarse a la resolución del recurso, por parte de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, para proceder al señalamiento de la fecha de la declaración testifical del exjefe del Consell, que mantiene su condición de aforado al continuar como diputado autonómico del PP de Juan Francisco Pérez Llorca.

El fiscal de la causa ya avaló el pasado 30 de abril, en su informe relativo al recurso, la personación de Mazón en el procedimiento para evitar causarle indefensión.

Por otro lado, la defensa de Mazón también ha recurrido el derecho del pasado 30 de abril que desestimó un recurso de reposición anterior contra la diligencia de ordenación dictada por la Letrada de la Administración de Justicia que denegaba la designación de particulares (un trámite judicial que detalla la documentación a remitir a la Audiencia Provincial encargada de la resolución) por parte de su representación jurídica, al considerar que no formaba parte del procedimiento.

“La cuestión que ahora se somete al Tribunal”, afirma el escrito, “no consiste en anticipar la personación de mi representado ni en reconocerle un acceso general e indiscriminado a las actuaciones. Se trata de algo mucho más limitado: determinar si, una vez admitido un recurso de apelación contra la denegación de personación, puede impedirse al apelante la designación de los particulares (...)”.

“La respuesta”, apostilla la defensa de Mazón, “debe ser negativa, porque la decisión impugnada admite formalmente la apelación, pero priva al recurso del soporte documental legalmente previsto para que pueda ser resuelto con eficacia”.

“La decisión recurrida”, concluye el letrado, “genera así una indefensión real, no meramente formal”.