El TSJ valenciano anuló el nombramiento de la jefa de seguridad del Palau de la Generalitat, condecorada por la DANA

Laura Martínez

València —
28 de mayo de 2025 23:23 h

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La inspectora jefa responsable de la seguridad del Palau de la Generalitat Valenciana, que será condecorada con la medalla al mérito policial del Ministerio del Interior, fue nombrada en un procedimiento sin convocatoria pública ni concurso de méritos. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana anuló el nombramiento de Pilar Bojó y otros tres mandos del mismo rango en la Unidad de Policía Nacional Adscrita a la Generalitat Valenciana el pasado septiembre, a consecuencia de un recurso de un sindicato policial, que denunció que los cargos se habían dado “a dedo”.

El sindicato Jupol impugnó una resolución adoptada en 2021 que desestimaba su recurso de reposición contra los nombramientos. El sindicato recurrió la resolución en la que se resuelve la convocatoria para cubrir plazas en comisión de servicios en la Unidad Adscrita a la Comunitat Valenciana porque se había realizado sin que hubiera existido “ningún proceso de convocatoria ni tampoco habiéndose seguido los principios generales de cualquier concurso”. Según su demanda, el 28 de enero de 2021, “se comunicó (sin trámite previo alguno) por el gabinete de despacho de la Unidad del Cuerpo de Policía Nacional Adscrita a la Comunidad Valenciana el nombre de los Inspectores Jefes que se incorporaban en comisión de servicio a la Unidad Adscrita de la GVA”. Nombramientos que se produjeron a propuesta de la comisaria jefa de la unidad, Marisol Conde, quien también ha propuesto a Bojó para la condecoración del Ministerio y a los escoltas de Carlos Mazón para las medallas de la Generalitat Valenciana. Bojó provenía de la Oficina de Denuncias para Víctimas de Violencia de Género, un proyecto pionero puesto en marcha por el Gobierno del Pacto del Botánico, con la consellera socialista Gabriela Bravo a la cabeza.

La Administración alegó que se trataba de un supuesto “muy específico, excepcional, y por ello temporal, de nombramientos de personal en comisión de servicios en situaciones de urgencia” e insistía en el carácter “inaplazable” de las comisiones de servicio. “Es por tal motivo de necesidad, por lo que dicha convocatoria no se proveyó por los procedimientos de concurso general de méritos, concurso específico de méritos ni libre designación; procedimientos todos ellos normalizados por lo que se proveen los puestos de dos trabajos en el ámbito de la Policía Nacional”, apuntó el Ministerio del Interior, según cita la sentencia a la que ha tenido acceso elDiario.es.

Con todo, la Sala estimó que la urgencia no puede implicar la falta de publicidad, y recalcó que la primera noticia que el sindicato tuvo del nombramiento fue la elección en sí. “No se trata aquí de impugnar el sistema de provisión del puesto elegido, su conveniencia o necesidad, sino la publicidad dada al mismo. Y ésta ha sido sin duda insuficiente y contraria a las normas que se han citado en el fundamento anterior”, apuntaron los magistrados.

La sala de lo Contencioso-Administrativo dio la razón al sindicato, que pidió que se anulara la resolución administrativa impugnada y se acordase retrotraer las actuaciones el momento inicial de la convocatoria para que se vuelvan a convocar las plazas ofertadas conforme a los principios de mérito, capacidad y antigüedad. Pasados ocho meses, los mandos siguen en el mismo lugar, aunque fuentes del Gobierno apuntan que su cese es inminente. De hecho, se habla de que Bojó sea destituida esta misma semana y que se vuelvan a ofertar las plazas que llevan ocupando cuatro años.