Nuevo revés para el Ateneo Mercantil. Si recientemente el Ayuntamiento de València rechazó la licencia ambiental para el funcionamiento del Atenea Sky, el local de ocio ubicado en la azotea del inmueble, ahora los servicios municipales han resuelto un expediente sancionador de una importante cuantía como consecuencia de una denuncia por exceso de ruido.
En concreto, según la documentación recabada por elDiario.es, la entidad deberá afrontar una multa de 20.000 euros por las molestias generadas por el ruido de una fiesta privada que se celebró en el sexto piso del edificio en mayo del pasado año sin tener licencia para ambientación musical.
Según el expediente firmado el pasado 18 de junio por el concejal responsable de procedimiento sancionador, José Marí Olano, se impone infracción grave por “la utilización de medios sonoros o audiovisuales sin autorización (música muy alta la cual se escucha desde otros pisos); se trata de un evento privado -cumpleaños- de personas no socias” a la 01.35 horas de la madrugada. La fiesta se llevó a cabo “en el hall del sexto piso con un equipo de música compuesto por mesa de mezclas Hércules Djuceo más dos altavoces autoamplificados Mark MB12PRO MKII, sin ningún tipo de limitador”. Además añade que se recogieron “muestras de sonido alcanzándose hasta 101,4 dB(A)”.
Los hechos constituyen una infracción grave conforme al artículo 51 de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.
La representación legal del Ateneo alegó que contaban “con documentación administrativa que acredita la legalidad de la licencia de actividad en cuanto a la ambientación y amenización musical”. Además, denunciaron “la caducidad del procedimiento por transcurso de tres meses” y afirmaron que no había “superación de los decibelios autorizados” y que se había vulnerado “el principio de proporcionalidad y no concurrencia de circunstancias agravantes de la responsabilidad”.
A la vista de las alegaciones presentadas, el Ayuntamiento solicita nuevo informe al Servicio de Licencias de Actividades quien señala al efecto que “nunca se ha solicitado el alta en ambientación musical formalmente hasta el día 25 de enero de 2025” y que “en ningún caso podrán entenderse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la ordenación territorial o urbanística constando informe de compatibilidad desfavorable; en consecuencia, no puede alegarse la obtención de licencia por silencio administrativo”.
Tras la valoración de las alegaciones y del informe emitido por el Servicio de Licencias de Actividades, “se formula propuesta de resolución de fecha 22/05/2025, en la que se mantienen los hechos recogidos en el acta denuncia y en la providencia de incoación, minorándose, no obstante, el importe de la sanción propuesta al haberse aceptado la alegación referente a la improcedencia de la figura de la reiteración como circunstancia agravante”.
A preguntas de elDiario.es, desde el Ateneo Mercantil han preferido no hacer valoraciones sobre esta sanción y sobre la situación en la que queda el local de la azotea.