Renta 2025: comienza la cuenta atrás para pedir cita y presentar la Declaración de la Renta de forma presencial
La campaña de la Renta 2025 avanza hacia su tramo final con la activación progresiva de todos los canales de atención disponibles para los contribuyentes. Aunque la presentación por internet está habilitada desde el pasado 8 de abril de 2026, lo cierto es que no todo el mundo opta por esta vía. Hay perfiles que prefieren contar con apoyo directo antes de presentar su declaración, ya sea por dudas concretas, por la complejidad de su situación o simplemente por falta de hábito en el uso de herramientas digitales.
Entre ellas, la atención presencial en oficinas sigue teniendo un papel relevante dentro de la campaña. Este servicio está dirigido especialmente a quienes necesitan ayuda personalizada para confeccionar su declaración o prefieren resolver sus dudas cara a cara con personal especializado. A pesar del avance de los canales digitales, este tipo de asistencia continúa siendo una opción útil para determinados contribuyentes, especialmente aquellos que buscan mayor seguridad en el proceso o que no se sienten cómodos gestionándolo por su cuenta.
El calendario establece dos fechas clave para quienes quieran utilizar esta modalidad. A partir del 29 de mayo se puede solicitar cita previa para ser atendido en una oficina de la Agencia Tributaria. La atención presencial comenzará el 1 de junio y se mantendrá hasta el 30 de junio, día en el que finaliza la campaña de la Renta. Esto implica que el margen para acudir físicamente es más limitado que en otros canales, como online o por teléfono, por lo que resulta recomendable planificar con antelación para evitar problemas de disponibilidad o falta de citas en determinados horarios.
Cómo solicitar cita para atención presencial
La solicitud de cita previa es un paso obligatorio para poder acceder a la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria. No basta con acudir dentro del plazo habilitado, ya que el servicio funciona exclusivamente con reserva de día y hora. Además, es importante tener en cuenta que pedir cita no implica ser atendido de forma inmediata, sino que permite elegir un turno dentro del periodo comprendido entre el 1 y el 30 de junio.
Existen varias vías para solicitar esta cita, adaptadas a diferentes preferencias y niveles de familiaridad con la tecnología. La opción más habitual es hacerlo a través de internet, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Para completar el proceso, el contribuyente debe identificarse mediante alguno de los sistemas admitidos, como el NIF o NIE junto con el número de referencia, el sistema Cl@ve, el DNI electrónico o un certificado digital.
Otra alternativa es utilizar la aplicación móvil oficial de la Agencia Tributaria, disponible para dispositivos Android e iOS. Esta herramienta permite gestionar la solicitud de cita desde el teléfono móvil de manera sencilla, siempre que el usuario pueda identificarse correctamente. También es posible solicitar la cita por teléfono, a través de los números 91 553 00 71 y 901 22 33 44, con horario de atención de lunes a viernes entre las 9:00 y las 19:00 horas.
Este sistema de cita previa se enmarca dentro de un conjunto más amplio de servicios de asistencia. La atención telefónica para la confección de declaraciones está operativa desde el 6 de mayo y también requiere reserva previa, que puede solicitarse desde el 29 de abril hasta el 29 de junio. Con la incorporación de la atención presencial, la Agencia Tributaria completa así todas las modalidades de ayuda personalizada, orientadas especialmente a quienes no pueden o no desean utilizar exclusivamente los canales digitales.
Datos y documentos necesarios para la cita
Contar con una cita previa es solo una parte del proceso, ya que para que la declaración pueda confeccionarse correctamente en la oficina es imprescindible acudir con toda la documentación necesaria. Si faltan datos relevantes, la atención puede quedar incompleta y el trámite no podrá finalizarse en ese momento, lo que obligaría a solicitar una nueva cita o a aportar la información pendiente en otro momento. Por este motivo, resulta recomendable revisar con antelación toda la documentación antes de acudir a la oficina.
Entre los documentos básicos, es obligatorio llevar el DNI original de la persona titular que acude a la cita. Además, se debe presentar una fotocopia del DNI de todas las personas que figuren en la declaración, algo especialmente importante en el caso de unidades familiares.
También es necesario aportar el número IBAN de la cuenta bancaria, un dato imprescindible para gestionar el resultado de la declaración, tanto si corresponde una devolución como si hay que realizar un pago. Junto a esta información, se deben incluir las referencias catastrales de todos los inmuebles, tanto en propiedad como en alquiler o en otras situaciones, un dato que puede consultarse fácilmente en el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
En el caso de que una persona acuda a la cita en representación de otra, será necesario presentar una autorización firmada por el titular junto con una copia de su DNI. Sin este requisito, no será posible confeccionar ni presentar la declaración en nombre de terceros, incluso cuando exista una relación familiar.