16 años de inhabilitación para una jueza de Badajoz por retrasar “arbitrariamente” la devolución de un embargo

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha condenado a 16 años de inhabilitación para empleo o cargo público a una jueza de Badajoz por un delito continuado de prevaricación judicial al haber dictado resoluciones “arbitrarias” para dilatar el embargo de una cuenta bancaria a un empresario.

La sentencia impone además a la mujer 20 meses de multa con una cuota de 15 euros, y una indemnización de 15.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

Por otra parte, se absuelve a la acusada de un delito contra la libertad individual “por el que venía subsidiariamente acusada por la acusación particular, declarando de oficio las costas causadas por esta imputación”.

Según la sentencia, este delito continuado “ha causado, sin duda alguna, un daño moral” al empresario, que se concreta no solo en “el largo tiempo en el que ha estado privado de la libre disponibilidad de sus bienes”. También en que “fue sometido a un nuevo procedimiento judicial penal con todo lo que ello conlleva, nuevas diligencias que tuvo abiertas durante más de un año que implicaron la necesidad de designación de un letrado”.

Además el hombre “tuvo que asistir siempre que fue citado para comparecer ante esas diligencias”, sin olvidar “los varios recursos que se vio obligado a interponer hasta conseguir que la Audiencia provincial se pronunciara hasta en dos ocasiones, en sendos autos prácticamente consecutivos, por los mismos hechos”.

En este marco, el TSJEx considera que “con la cantidad de 15.000 euros puede verse atenuado todo el devenir que se ha expuesto en los hechos probados de esta sentencia”.

Los hechos se remontan a agosto de 2018 cuando la magistrada dictó sentencia condenatoria que imponía al empresario tres años de prisión como autor de un delito de insolvencia punible y declaraba nulas las transferencias realizadas desde una cuenta bancaria de una entidad. El condenado recurrió el fallo ante la Audiencia pacense, que lo absolvió en abril de 2019 y ordenó su inmediata puesta en libertad.

Sin embargo, la jueza mantuvo el bloqueo de la cuenta bancaria “sin justificar la decisión”, según la Fiscalía pacense, pese a que debía haberlo levantado de oficio también.

En ese momento se produjeron distintas resoluciones “arbitrarias”, expresaba la acusación, al dilatarse la entrega de la cantidad que debió devolverse desde 2019 tras la sentencia absolutoria después del recurso, embargo que se levantó finalmente en mayo de ese año.

No obstante, quedó pendiente todavía una partida que la Audiencia pacense pidió que se devolviese al empresario en una decisión tomada en abril de 2025, lo que finalmente se produjo, pero este acabó interponiendo la querella por los efectos causados por todas estas decisiones.