Condenan a un aparejador a reparar daños en 88 viviendas de Cáceres por valor de 550.000 euros
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Cáceres ha condenado al aparejador responsable de la construcción de 88 viviendas ubicadas en el Edificio Maltravieso de Cáceres por vicios constructivos valorados en 550.000 euros, incluidos los honorarios de los técnicos y gastos de licencias.
En concreto se condena al demandado a realizar las obras de reparación para subsanar los daños y defectos constructivos existentes en las viviendas y zonas comunes del edificio Residencial Maltravieso, que se ubica en la avenida Cueva de Maltravieso 18 y 20, avenida Dulcinea 13, calle Cueva de Santa Ana 1, 3 y 5 y calle Cuevas de Gargás 2, 4, 6 y 8.
Igualmente declara la responsabilidad solidaria del arquitecto superior en la producción de los defectos constructivos a cuya reparación ha sido condenado únicamente el aparejador, un aspecto que la juez resalta como “significativo”.
Los demandantes ya pusieron de manifiesto que la demanda no se dirigía contra el constructor Provivesa por su situación de insolvencia, pero en la demanda “no se explica la razón de no dirigirla contra el arquitecto superior”, según la sentencia.
“Las responsabilidades por defectos constructivos siempre son solidarias, por eso no es obligatorio demandar a todas las partes, además de que la dirección del aparejador y del arquitecto son facultativas”, según explica el abogado Braulio Caldera.
Entre los defectos que forman parte de la condena se encuentran la ejecución del patio del edificio, que sirve de cubierta de los garajes, por la que se producen filtraciones de agua en los garajes, y la incorrecta ejecución de todas las ventanas del edificio, que presentan problemas de estanqueidad.
La sentencia se remite al informe pericial judicial en cuanto a la forma de reparación de las deficiencias de las ventanas, indicando que deberá actuarse sobre todas las de la promoción, y al informe pericial de la comunidad de propietarios en lo relativo a la deficiente ejecución del patio.
En este caso se señala que deberá levantarse todo el patio comunitario del edificio colocándose una nueva impermeabilización y un nuevo solado.
Las viviendas que forman parte de la comunidad fueron entregadas en 2008 y en 2009 comenzaron las deficiencias, según los cuatro informes periciales que se presentaron durante el juicio. La sentencia es firme porque contra la misma no se ha presentado recurso.