Condenado a dos años de cárcel un hombre por una agresión racista a otro joven en el municipio coruñés de Betanzos

El magistrado de la plaza 3 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de A Coruña ha condenado a dos años de cárcel a un acusado de agredir por motivos racistas a otro hombre en una discoteca de Betanzos (A Coruña). El condenado estaba acompañado en la agresión por otras dos personas que no han podido ser identificadas. El grupo golpeó a la víctima tras proferir insultos racistas como “panchito de mierda” y aludir “constantemente al color de su piel”.

Según se recoge en la sentencia, el juez condena a este hombre por un delito de lesiones con concurrencia de las circunstancias agravantes de abuso de superioridad y de cometer el delito por motivos racistas. Le impone también el pago de una indemnización a la víctima de 3.000 euros y de otros 513 al servicio de salud.

El juez considera acreditado que, sobre las 03.30 horas del 29 de mayo de 2022, el acusado se dirigió al perjudicado, al que “de nada conocía” con insultos racistas y le impidió salir de los baños del local. Después él y sus acompañantes empezaron a golpearlo, de modo que unos agarraban a la víctima mientras otros le daban puñetazos en la cara. La agresión no paró hasta que el responsable de seguridad acudió a la zona. La víctima terminó con tres dientes rotos y otras lesiones.

La sentencia aprecia la circunstancia agravante del racismo por las expresiones utilizadas durante la agresión y la de abuso de superioridad porque, aunque no fueron identificados todos, fueron al menos tres los agresores, frente a la víctima, que estaba sola.

“A la vista de la prueba, estimo acreditados los hechos porque no se aprecia motivo espurio alguno para que el denunciante señale al acusado como su agresor. Llevando en España poco más de 10 días y sin un previo conocimiento del mismo, no se atisba razón alguna por la que quisiera perjudicarle”, indica el fallo. La versión de la víctima está corroborada por los testimonios de su prima y una amiga, así como por el hecho de que los nudillos del acusado tenían heridas, compatibles con haber dado puñetazos.

El juez ordena también que se deduzca testimonio por si las declaraciones hechas en el juicio por un amigo del acusado y por el dueño del local son constitutivas de un delito de falso testimonio. La sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de A Coruña.