Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

La Justicia reprende a la Xunta por carencias en el trámite ambiental para doblar el tamaño de una granja de pollos

Una granja de pollos, en una fotografía de archivo.

elDiario.es Galicia

1

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado el informe de impacto ambiental en el que se basó la Xunta para autorizar que una granja de pollos duplicase su tamaño de golpe en el municipio ourensano de Rairiz de Veiga. Según publica Praza, la empresa pidió pasar de 23.000 a 48.000 animales de golpe. La sentencia considera que el Gobierno gallego no tuvo en cuenta en su tramitación ni el impacto sobre las aguas ni para las aves ni para los vecinos que viven a pocos metros de las instalaciones. Tampoco evaluó el “efecto acumulativo” que se produce porque hay más explotaciones de este tipo en la zona, protegida por la Red Natura 2000, ni la contaminación que se puede derivar en las aguas subterráneas con un “uso excesivo” del estiércol.

La autorización la dio en 2019 la Consellería de Medio Ambiente a la empresa Cavirsa Freire SC, inculada al grupo Coren. Una familia que vive cerca de la granja y que se oponía a la ampliación recurrió la decisión de la Xunta y esta sentencia le da la razón. No es la primera vez que colectivos ecologistas y de defensa del medio ambiente denuncian la contaminación derivada de la ganadería industrial en la comarca de A Limia.

El TSXG considera que la Xunta incumplió la legislación con la documentación con la que hizo el informe ambiental porque no contiene estudios sobre el impacto en varios aspectos. El Gobierno gallego aseguró en sus argumentaciones que ampliar la granja conllevaría una mejora de la gestión y una reducción de las emisiones de gases contaminantes. La empresa también prometía que usaría el estiércol como fertilizante para parcelas agrarias. La sentencia recalca que, al duplicar el número de aves, se duplican también “las molestias inherentes a este tipo de explotación” y que la balsa de estiércol llegaría a unos 540 metros cúbicos cada seis meses.

A la vista de estos cálculos, el Tribunal cree que resulta “cuanto menos paradójico” que en un área con numerosas instalaciones de este tipo, “extremo no negado”, no se exija “una precisión en este sentido en el proyecto o una justificación de nulo impacto, toda vez que la zona como tal debe ser valorada en su conjunto”. No se puede, según la conclusión del TSXG, valorar un proyecto como este “prescindiendo del resto de granjas existentes”. Argumenta que el estiércol que se produce en una granja puede repartirse en una zona más o menos amplia, pero “si existen X granjas en la zona tiene que haber una metodología que prevenga el impacto en el medio” y eso no aparece reflejado en el informe con el que se autorizó la ampliación.

La sentencia señala que el estiércol obtenido de las aves es un fertilizante natural de “buen resultado”, pero un “uso excesivo” concentrado en una zona “puede estar contribuyendo a la contaminación de las aguas subterráneas por lixiviación de nitrato”. El texto agrega que no se conoce la cantidad de estiércol que se produce en la comarca de A Limia o “por lo menos no se valora por la administración” e insiste en que se trata de una zona protegida y “las cautelas deben ser máximas”. Cita informes científicos en los que se apunta a la agricultura intensiva y la actividad de granjas de la zona como origen de los nitratos que hay en el río Limia. Esto “debiera al menos suscitar una duda científica en la administración que motivase su investigación antes de que los efectos sean irreversibles”.

Etiquetas
stats