12 días de fiesta en 2010
El Gobierno de La Rioja aprobó la relación de días inhábiles a efectos laborales, de carácter retribuido y no recuperable, que le corresponde estipular en el calendario laboral para el año 2010, según dio a conocer el portavoz del Ejecutivo regional, Emilio del Río.
A las doce fiestas laborales establecidas hoy, habrá que añadir las dos fiestas locales que por tradición son propias en cada municipio, y que acordarán sus Corporaciones Locales. En total, son 14 días al año, tal y como se establece en el Estatuto de los Trabajadores.
En el calendario laboral del año 2010 serán festivos el 1 de enero, viernes, Año Nuevo; 6 de enero, miércoles, Epifanía del Señor; 19 de marzo, viernes, San José; 1 de abril, jueves, Jueves Santo; 2 de abril, viernes, Viernes Santo; 1 mayo, sábado, Fiesta del Trabajo; 9 junio, miércoles, Día de La Rioja; 12 de octubre, martes, Fiesta Nacional de España; 1 noviembre, lunes, Todos los Santos; 6 diciembre, lunes, Día de la Constitución Española; 8 diciembre, miércoles, Inmaculada Concepción; 25 diciembre, sábado, Natividad del Señor.
Para determinar los doce festivos laborales, la Consejería de Industria, Innovación y Empleo abrió un periodo de consulta con los principales interlocutores sociales: Federación de Empresarios de La Rioja, Cámara Oficial de Comercio e Industria de La Rioja, Unión General de Trabajadores, Unión Sindical Obrera y Comisiones Obreras. También los ciudadanos tuvieron la oportunidad de opinar y proponer los festivos autonómicos que preferían para el año 2010 a través del portal de participación ciudadana del Gobierno de La Rioja, (www.larioja.org). Se recogieron 126 propuestas, según indicó Del Río.
Las dos fiestas laborales de carácter local se determinarán por la Autoridad Laboral de la Comunidad Autónoma de La Rioja, localizada en la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, a propuesta del Pleno de cada Ayuntamiento. Para la formulación de estas propuestas, que deberán ser remitidas a la Dirección General de Trabajo, las Corporaciones dispondrán de un plazo inicial de un mes a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de La Rioja el acuerdo adoptado hoy sobre el calendario de fiestas laborales.
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