La Directriz de Protección del Suelo No Urbanizable preservará el área esteparia de Arnedo-Pradejón
La Vicepresidenta y Consejera de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial, Aránzazu Vallejo, ha presentado a los alcaldes de la cabecera de comarca de Arnedo la Directriz de Protección del Suelo No Urbanizable que preservará el área esteparia de Arnedo-Pradejón y los paisajes vitivinícolas de La Rioja Baja, incluyéndolos en la nueva categoría de Paisajes Agrarios de Interés, y aumentará la superficie protegida de las Peñas de Arnedillo, Peñalmonte y Peña Isasa.
La nueva directriz sustituye al Plan Especial de Protección del Medio Ambiente Natural de La Rioja, PEPMAN, y fija medidas, en los planos urbanístico y territorial, para asegurar la protección, conservación, catalogación y mejora de los espacios naturales, del paisaje y del medio físico rural, estableciendo nuevas categorías de protección.
La nueva norma tiene como objetivos:
-Regular la totalidad del suelo no urbanizable de La Rioja
-Establecer las medidas necesarias para asegurar la protección, conservación, catalogación y mejora de los espacios naturales, del paisaje y del medio rural
-Incorporar los regímenes especiales de protección emanados de los diversos planes urbanísticos y territoriales
-Incorporar las determinaciones derivadas de la numerosa normativa medioambiental aprobada desde la entrada en vigor del PEPMAN
-Asegurar la compatibilidad de objetivos y actuaciones en las zonas en que coincidan diversas figuras normativas de protección
Categorías
Uno de los elementos más importantes de la Directriz de Protección de Suelo no Urbanizable es el catálogo de espacios protegidos y la principal novedad radica en que su delimitación se ajusta a límites claramente identificables sobre el territorio y a los espacios realmente de valor ambiental y forestal.
La nueva norma contiene las siguientes categorías de protección del suelo:
1. Protección de la montaña riojana:
-Grandes espacios de montaña subatlántica
-Grandes espacios de montaña mediterránea:
-Áreas de protección de cumbres:
-Sierras de interés singular
2. Protección en el valle del Ebro:
-Áreas de vegetación de ribera del río Ebro: Nueva categoría
-Riberas de interés ecológico o interés ambiental: Nueva categoría
-Huertas tradicionales
-Paisajes agrarios de interés: Nueva categoría
3. Otras categorías
-Áreas de vegetación singular
-Parajes geomorfológicos singulares de interés paisajístico o faunístico: Nueva categoría
-Entornos de embalses de interés recreativo
-Complejos periurbanos de interés ambiental:
-Zonas húmedas
Comarca de Arnedo
Entre las medidas que afectan a la comarca de Arnedo figuran:
-Desaparición de la categoría de Espacios de Interés Paleontológico y los espacios Icnitas de Enciso Poyales e Icnitas de Cornago-Igea se integran en la categoría de Grandes espacios de montaña mediterránea en las zonas de Cuenca del Alhama y Sierras de Isasa-Yerga
-El río Cidacos se incluye como nuevo espacio de la categoría Riberas de Interés Ecológico o Ambiental
-Se modifica la delimitación del espacio Huertas del Cidacos para su adaptación a la cartografía y ortofoto y se excluyen de él aquellas zonas claramente urbanas que ha perdido el carácter de huerta en Arnedillo, Arnedo, Autol, Herce, Quel y Santa Eulalia Bajera
-Se incluyen como nuevos espacios dentro de la categoría de Áreas de Vegetación Singular: los rebollares del Alto Jubera (Munilla); dehesas de Larriba (Zarzosa), Enciso y Munilla; encinares de Garranzo (Enciso), Mata-Mala (Zarzosa), Tosesón-La Umbría (Enciso y Munilla) y Ambas Aguas (Muro de Aguas); el encinar-quejigar Monte La Estrella (Ocón) y los carrascales de Vallaroso (Muro de Aguas), Bergasa, Santa Lucía (Ocón), valle de Ocón (Ocón) y Carbonera (Bergasa y Ocón).
La Directriz de Protección del Suelo No Urbanizable establece, entre sus novedades, las condiciones específicas básicas de edificación para determinados usos en suelo no urbanizable regulando las casillas y casetas agrícolas, bodegas, instalaciones hoteleras y de restauración y viviendas unifamiliares aisladas.
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