Pablo saca del Ebro en Logroño un siluro de 12 kilos: la normativa obliga al sacrificio inmediato del ejemplar

Pablo y el siluro capturado en el río Ebro

Rioja2

14 de junio de 2026 16:13 h

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Otro monstruo fuera del Ebro. A finales de mayo, un niño de 14 años logró capturar un ejemplar de 65 kilos. Este fin de semana, Pablo ha logrado “sacar otro monstruo del Ebro de un metro y medio de largo y doce kilos de peso con una caña con lombriz”

El siluro está clasificado como una de las especies exóticas invasoras más dañinas de los ecosistemas fluviales de la península ibérica. Introducido de forma ilegal en la cuenca del Ebro durante la década de 1970, su enorme capacidad de adaptación y la ausencia de depredadores naturales han transformado la fauna del río.

Las consecuencias ambientales de su proliferación son devastadoras para el entorno:

  • Impacto en la cadena trófica: Debido a su voracidad y a su rápido crecimiento, actúan como superdepredadores que compiten directamente con las especies nativas.
  • Desaparición de especies autóctonas: Su dieta no se limita a otros peces (como el barbo o la madrilla); ejemplares maduros llegan a consumir aves acuáticas y pequeños mamíferos, alterando críticamente la biodiversidad local del río.
  • Transmisión de patógenos: Su presencia altera la calidad del hábitat fluvial y facilita la introducción de enfermedades que afectan al resto de la fauna endémica.

Protocolo legal: Sacrificio obligatorio y prohibición de devolución

Ante la gravedad de la situación, las fuentes oficiales del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y la legislación autonómica son tajantes. Al estar inscrito en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, el protocolo tras su captura no deja margen de interpretación para los pescadores: queda terminantemente prohibida la restitución, devolución o suelta de cualquier ejemplar de siluro al medio acuático.

La normativa estatal determina que cualquier siluro capturado debe ser sacrificado de forma inmediata en el propio lugar de la pesca. La devolución del pez vivo al río está tipificada por las autoridades como una infracción administrativa grave, sujeta a severas sanciones económicas que pueden alcanzar los miles de euros.

Tras el preceptivo sacrificio, el protocolo cívico y sanitario dicta que el cuerpo del animal no puede ser abandonado en las orillas del río para evitar problemas de salubridad pública y la propagación de enfermedades. El pescador debe encargarse de su correcta gestión como residuo orgánico o, en su defecto, notificarlo a las autoridades medioambientales locales (como los agentes forestales o el Servicio de Protección de la Naturaleza, SEPRONA) para su retirada y posterior destrucción en plantas autorizadas.

Y ¿cuál ha sido el final del siluro de Pablo? “Lo hemos regalado a un amigo”, cuenta.

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