Piden 6 años y medio de cárcel para un promotor de viviendas en Lardero “declaradas ilegales”
La Fiscalía pide seis años y medio de prisión para el promotor del Edificio Alfil de Lardero, por un presunto delito de estafa continuada. El juicio está previsto que se celebra el próximo martes 12, a las 10 horas, en la de Bodas de la Audiencia Provincial. En el escrito de la acusación se explica que el acusado es Á.B.E., quien, como representante de la sociedad DAMWO-10, SL, promovió la construcción de viviendas de la Urbanización Alfil en la localidad de Lardero. Una actuación, dice el texto, para la que “ante los Juzgados y Tribunales de lo Contencioso-Administrativo, se solicitó y obtuvo la anulación”.
Pese a todo, “conocedor de la pendencia del procedimiento judicial, el acusado no informó de ello a varios compradores de viviendas, que satisficieron el precio” y señala que “el acusado ha intervenido en los contratos de compraventa en representación de la vendedora DAMWO-10, SL”. Las viviendas, tras una serie de procedimientos que se han ido sucediendo durante varios años -incluso con su declaración de ilegalidad y orden para su derribo-, “han quedado fuera de ordenación y sus propietarios padecen las consecuencias gravosas, legales y económicas, de su declaración de ilegalidad”, reseña el Ministerio Fiscal.
Se apunta por la acusación que “Á.B.E., como representante de DAMWO-10, SL, no advirtió a varios compradores de la existencia del procedimiento judicial ni de las posibles consecuencias de una sentencia desfavorable (la demolición del edificio o la constitución de un estado de ilegalidad), ocultándoles maliciosamente una situación que les hubiera facultado o posibilitado no celebrar o rescindir los negocios jurídicos sinalagmáticos realizados”.
El acusado, además, “que desde el 4 de marzo de 2005 conocía esta situación, ocultó el hecho a los compradores antes de que se produjera el otorgamiento de las escrituras de compraventa (fechadas el 5 de abril de 2005, el 19 de abril de 2005 y el 7 de junio de 2005), momento en que se transmite el dominio y se adquiere la propiedad de las viviendas vendidas”.
Como consecuencia, “la mercantil DAMWO-10, SL percibió el precio abonado por viviendas que los compradores reputaban legales y no sometidas a contingencia judicial alguna que les hiciera perder todo su valor económico, y las excluyera del tráfico jurídico, con la tacha y calificación de ilegales y de fuera de ordenación”.
Explica igualmente que “después de haber otorgado las escrituras públicas de compraventa, al conocerse en la prensa regional, en agosto de 2006, la anulación del Estudio de Detalle y de la licencia de edificación que amparaban la existencia del Edificio Alfil, el acusado no facilitó solución alguna a los compradores, convenciéndoles de que las viviendas serían legalizadas”, privándo a los afectados “de las acciones correspondientes a la rescisión por lesión”.
Los hechos relatados constituyen para la acusación “un delito continuado de estafa, por ocultación de la carga que grava un bien inmueble, cualificado por recaer sobre viviendas, por la especial gravedad al tener el perjuicio una entidad superior a 50.000 euros, y por abusar el defraudador de su credibilidad empresarial”.
Un delito del que “es autor el acusado, como administrador de la mercantil DAMWO-10, SL”, concurriendo “la circunstancia atenuante de dilaciones en el procedimiento” y por el que procede imponerle “penas de seis años y seis meses de prisión, y veinte meses de multa, con una cuota diaria de 10 euros”.
A ello se une que “el acusado indemnizará a los perjudicados” con cantidades que suman más de 525.000 euros. De estas indemnizaciones, en todo caso, “se descontarán las cantidades que, en ejecución de sentencia, un informe pericial determine corresponden a la utilidad reportada a los perjudicados por el uso de las viviendas”.
0