Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia Europa Press

Esta información es un teletipo de la Agencia Europa Press y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

El TSJC confirma la decisión del Gobierno de permitir la actividad de COPSESA en la planta de Igollo

EUROPA PRESS

SANTANDER —

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha desestimado el recurso presentado por Ecologistas en Acción contra la decisión del Gobierno regional de alzar la suspensión de la actividad de la planta asfáltica que COPSESA tiene en Igollo de Camargo, suspensión que previamente había acordado.

El tribunal valida así tanto la decisión de la Dirección General de Industria como la de la Dirección General de Medio Ambiente, que en sendas resoluciones decidieron estimar el recurso de COPSESA, que alegaba no haber sido escuchada durante el trámite ambiental.

En una sentencia dada a conocer este jueves, la Sala alude a la jurisprudencia del Tribunal Supremo que ha resuelto en otras ocasiones sobre paralizaciones de actividad de una empresa a la que no se le da trámite de audiencia.

El alto tribunal ha manifestado que “el trámite de audiencia tiene por finalidad oír y conocer las razones de los interesados antes y no después de adoptada la resolución que corresponda, con vistas a permitir que la administración pueda ponderar y tomar en consideración tales razones antes de resolver”.

“La trascendencia del vicio de forma en que se incurre por la omisión del trámite de audiencia impide, pues, al acto alcanzar su fin, lo que es causa determinante de la anulabilidad de dicho acto”, señala el Supremo.

Este argumento es el que lleva a la Sala de Cantabria a validar la resolución de Industria y de Medio Ambiente y, por tanto, a rechazar el recurso contencioso-administrativo de Ecologistas en Acción, que deberá pagar las costas del proceso.

Etiquetas
stats