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Piden subir hasta 25 años la condena del asesino de su suegra en Monte Alto

El hombre acusado de asesinar a su suegra en A Coruña el pasado 20 de agosto de 2017, durante la vista de apelación sobre la sentencia que le condenó a veinte años de cárcel, este martes, en el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

EFE

A Coruña —

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El abogado de la acusación particular en el caso del hombre que asesinó a su suegra en el barrio coruñés de Monte Alto en 2017 ha solicitado este martes, en la vista de apelación, contemplar la agravante por ensañamiento, que supone incrementar en cinco años la condena, hasta los 25 años, que es el “máximo que se puede pedir por este delito”, explica.

“La prisión permanente revisable no entraría nunca en este supuesto”, abunda en declaraciones a los periodistas ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que ha acogido esta mañana la apelación de la acusación particular, representada por el letrado Diego Reboredo, que está en desacuerdo con la atenuante de confesión que se le aplicó al condenado.

El hombre había acudido al domicilio de su suegra, madre de su expareja, donde también estaba su hija, de 21 meses de edad, a las 18:00 horas del 20 de agosto de 2017.

La anciana le abrió la puerta, sin desconfiar de las intenciones del acusado, y este comenzó a golpearla de manera brutal en la cabeza y el resto del cuerpo, haciendo caso omiso de los llantos de su propia hija; y finalmente, acabó matándola por asfixia.

Fue detenido a las 06:00 horas del día siguiente en una pensión de Fonteculler, con dos billetes de avión, uno a su nombre y el otro a de su hija, con la intención de huir desde el aeropuerto de Alvedro.

Según Reboredo, el hombre presentó una versión exculpatoria ante la Guardia Civil en el momento de su detención al manifestar que agredió a la víctima, de 73 años, después de que esta empujara a su hija.

“Claro que la agredió, fue su versión exculpatoria en todo el procedimiento” y “no puede constituir una atenuante de confesión”, enfatiza, pues “el hecho no cuadra con la atenuante de confesión”.

Asimismo, pide una orden alejamiento, pues la sentencia le prohíbe residir o acercarse al término municipal de A Coruña durante 30 años y la obligación de indemnizar a su expareja con 60.000 euros y a la otra hija de la víctima con 30.000 euros.

Sin embargo, advierte el abogado, si su patrocinada o hijos cambian de ciudad de residencia “esa orden ya no tiene sentido”.

También solicita libertad vigilada para cuando salga en libertad, una medida que ha considerado “necesaria por la gravedad de los hechos”.

Por su parte, la abogada del condenado ha solicitado en la vista de apelación del caso que se tenga en cuenta su drogadicción y trastorno de la personalidad como atenuantes para rebajar la condena de 20 años de prisión de su patrocinado.

Según la letrada María Patrocinio Gelpi, Jorge M. sufría una drogadicción prolongada en el tiempo con constantes consultas médicas por su adicción a la cocaína y heroína, padece un trastorno mixto y crónico de la personalidad, y se han constatado varios intentos de suicidio e incendios en su vivienda.

La sentencia ya recogía que el acusado es “un adicto a sustancias tóxicas desde antiguo” y que está diagnosticado de un síndrome ansioso-depresivo y de un trastorno mixto de la personalidad, pero esas circunstancias, tal y como argumentó el Tribunal del Jurado, “no alteraban en absoluto sus capacidades intelectivas y volitivas” cuando cometió los hechos.

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