La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por UGT, CCOO y CSI-F contra la sentencia del TSJM, que avalaba la instrucción del Gobierno regional para el cumplimiento de la jornada de 37,5 horas semanales por parte del personal laboral de la Comunidad.
El fallo del Supremo, al que ha tenido acceso EFE, confirma la sentencia desestimatoria del Tribunal Superior de Justicia de Madrid del pasado 17 de abril, contra la que, afirma, “no procede plantear cuestión de constitucionalidad”.
En esa sentencia, el TSJM otorgaba a la Comunidad de Madrid la potestad de legislar respecto al establecimiento de la jornada semanal no inferior a 37,5 horas semanales y siempre y cuando se cumplan los límites fijados por el Estado, que fija ese límite en 40 horas a la semana.
El fallo del Supremo, fechado el 25 de septiembre pasado, confirma los argumentos del TSJM para desestimar la demanda de los sindicatos contra la instrucción de la Comunidad de Madrid establecida en la Ley Autonómica de Medidas Fiscales y Administrativas de 28 de diciembre de 2012, que fijaba en 37,5 horas semanales la jornada del personal laboral.
Recuerda que la ley estatal señala que “a partir de 1 de enero de 2012, y para el conjunto del sector estatal, la jornada ordinaria de trabajo tendrá un promedio semanal no inferior a las 37 horas y 30 minutos”, y que esa duración “coincide con la fijada por las previsiones” de la ley de la Comunidad.
“La duración de la jornada laboral de las distintas Administraciones públicas dentro de ese límite impuesto por el Estado es competencia de éstas”, añade el Tribunal Supremo en la exposición de sus fundamentos.