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El Supremo rechaza la segunda querella del SUP contra Ione Belarra por criticar la “violencia policial racista”

La secretaria general de Podemos, Ione Belarra, ofrece declaraciones a los medios en una imagen de 2025.- EFE/Rodrigo Jiménez

Pedro Águeda

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La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha rechazado la querella presentada por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) contra la secretaria general de Podemos, Ione Belarra, por unas declaraciones sobre la muerte de un migrante a manos de unos agentes en Torremolinos (Málaga). El sindicato policial acusaba a Belarra de injurias y calumnias graves a las Fuerzas de Seguridad y de un delito de odio y los magistrados del Supremo consideran que las declaraciones fueron realizadas “en el contexto del debate político” y están amparadas por la libertad de expresión.

Belarra comentó desde su cuenta de X una información del diario 'Sur' titulada 'Muere tras sufrir una parada cardiorrespiratoria cuando la Policía lo reducía en un locutorio de Torremolinos'. “Decir mueres de un infarto mientras la policía te detiene es lo mismo que decir que las mujeres mueren a manos de su pareja mientras les dan una paliza. No son muertes, son asesinatos y esto violencia policial racista que hay que parar ya”.

Hiaitam, de 35 años, murió de un infarto en un locutorio de Torremolinos después de que un agente de la Policía Nacional descargara contra él su pistola táser. El suceso despertó una ola de indignación en la ciudad malagueña y un juzgado local investiga los hechos. Los sindicatos policiales defendieron la actuación de su compañero por la supuesta agitación de la víctima, pero la familia niega esta versión y considera que Haitam fue asesinado.

El SUP entendió que la líder de Podemos acusaba a la Policía Nacional de “ser unos asesinos, violentos y racistas” y que su afirmación eran “una acusación generalizada” contra todos los miembros del Cuerpo. Sin embargo, la Sala Segunda concluye que, “por más que las expresiones proferidas sean injustas y excesivas, en su forma y contenido, las entendemos amparadas por el derecho a la libertad de expresión”.

El fallo, al que ha tenido acceso elDiario.es, añade: “Cuando las expresiones se producen en el contexto del debate político y se relacionan con asuntos de interés general, por las materias a que se refieren o por las personas que en ellos interviene, y contribuyen a la formación de una opinión pública libre, como es el caso, el derecho a la libertad de expresión tiene un máximo nivel de eficacia en garantía precisamente de esa opinión pública y de los valores democráticos por lo que el ejercicio de esta libertad o pera en este caso como causa excluyente de la antijuricidad penal”.

Es la segunda vez que el SUP intenta, sin éxito, que el Supremo impute a Belarra por criticar a la Policía. A raíz de los incidentes de Torre Pacheco y de la pasividad de miembros de las Fuerzas de Seguridad que mostraron los medios de comunicación, Belarra afirmó que la Policía tenía “un serio problema de infiltración neofascista”.

Como ahora, y dada su condición de aforada, el SUP se querelló contra Belarra ante el Supremo. Los jueces entendieron que las expresiones de la diputada “evidencian una falta de respeto y educación”, pero que prevalecía su libertad de expresión al estar en “un contexto político y social concreto”, en ese caso el auge del odio contra los migrantes tras la agresión a un anciano en la localidad.

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