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Liamar murió por mala praxis médica en una clínica de fertilidad con vínculos religiosos: “Se lo vendieron muy bien”

David Noriega

24 de septiembre de 2026 22:29 h

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Con 18 años, a Liamar le diagnosticaron colitis ulcerosa, una enfermedad crónica que le hizo pasar por decenas de consultas, dolores horrorosos y dos operaciones a vida o muerte. También, cargar con una bolsa de ostomía por la que evacuar los desechos de su organismo. El calvario médico no le impidió realizar algunos de sus sueños, como estudiar un año en China, ni tener una vida normal, pese a las dificultades. La joven utilizó sus redes sociales para hacer divulgación, participaba en asociaciones de pacientes y realizaba talleres en colegios e institutos para dar visibilidad a la enfermedad.

Liamar murió, a los 33 años, el lunes 14 de noviembre de 2022, tres días después de someterse a una cirugía para, supuestamente, mejorar sus posibilidades de ser madre. Antes del procedimiento, concertado a través de la clínica con vínculos religiosos Fertílitas, no fue informada de los riesgos específicos de la operación, que acabaron materializándose y que no se controlaron.

Por esta mala praxis, que le costó la vida a la joven, la cirujana que realizó la intervención ha sido condenada por el Tribunal de Instancia de Madrid nº 33 a indemnizar a su familia con 210.000 euros. “Es una forma de que la justicia reconozca que se ha hecho algo terrible, pero el dinero no nos importa. Hemos perdido a Lía y esta mujer sigue ejerciendo como si nada”, lamenta Álvaro, su entonces pareja de hecho.

La pareja sabía que tenían complicado quedarse embarazada de forma natural. Las intervenciones a las que se había sometido Liamar a causa de su patología previa habían provocado pequeñas cicatrices —conocidas como adherencias— que afectan a la fertilidad y, a mediados de 2022, le habían detectado un quiste con bajo potencial de malignidad, que no hacía necesario que fuera extirpado.

“Ella aportó muchísima documentación sobre sus antecedentes, su caso específico, la osteotomía... pero nos lo vendían como un proceso mucho menos invasivo que la fecundación in vitro, con todo ventajas y una tasa de éxito muy alta”, recuerda Álvaro. “Después de un montón de ingresos, tuvo que ir a un psicólogo para superar el miedo a los hospitales, así que, cuando decidió someterse a esta intervención, fue porque se lo vendieron muy bien, como un tratamiento natural, no invasivo, como si al día siguiente fuera a estar en casa”, coincide su madre, Alina.

La negligencia que acabó con su vida ha privado a la joven de tener su propio relato, pero la sentencia es clara en varios puntos. Y uno de ellos coincide con el testimonio de sus seres queridos. Con la documentación aportada por las partes, la jueza concluye que “no consta que ni la paciente ni su familia fueran informados previamente que a los riesgos a la operación se añadía un riesgo personalizado y específico” por sus patologías previas.

De hecho, Liamar tuvo que firmar tres consentimientos informados para la histeroscopia diagnóstica, la laparoscopia y la anestesia. Sin embargo, lo hizo minutos antes de ser trasladada al quirófano y, en los documentos, el apartado 'riesgos personalizados' aparece en blanco, indica la sentencia. Según el informe del perito del Colegio de Médicos de Madrid que cita la jueza, “la situación exigía haber informado a la paciente de los riesgos específicos y añadidos que esta cirugía entrañaba en su caso. Más aún cuando no se trataba de una cirugía urgente”.

Entre esos peligros, menciona el perito el “riesgo nada despreciable de perforación intestinal”. Fue, de hecho, lo que acabó ocurriendo. Las pruebas que se le realizaron tras la intervención ya hicieron sospechar de una perforación intestinal y, cuando tiene que volver a ser intervenida de urgencia, los cirujanos del hospital privado donde se había reservado el quirófano identifican hasta tres lesiones.

Además, la sentencia señala que la doctora incurrió en mala praxis al “ignorar el resultado claramente patológico de la procalcitonina y la proteína C reativa”. Ambas sirven para detectar infecciones bacterianas graves y sepsis y, en el caso de Liamar, sus valores ya apuntaban en esa dirección. Pese a ello, la doctora acabó “concluyendo que estaban alterados por el curso normal del postoperatorio”. La sentencia recoge, no obstante, que “de haberle dado la importancia a dichos resultados”, que solicitó “ante una previsible sospecha clínica” y de los que el propio laboratorio alertó, “la doctora habría podido haber diagnosticado de forma precoz una sepsis”

Una nueva “ciencia reproductiva”

Fertílitas es una clínica de fertilidad basada en la naprotecnología, que definen como una “nueva ciencia reproductiva que está revolucionando el mundo de la fertilidad” y una “verdadera alternativa a la reproducción asistida”. “Trata la infertilidad no como un problema inamovible, sino como síntoma de problemas de salud que es preciso diagnosticar para proponer un tratamiento médico. Una vez tratadas esas causas, tanto del hombre como de la mujer, las parejas ven mejorada su salud reproductiva”, explican desde la compañía.

La naprotecnología lleva a cabo intervenciones médicas reales, pero su eficacia como método para atajar la infertilidad no está demostrada. Una revisión de estudios sobre la efectividad y la seguridad de la medicina reproductiva restaurativa concluye que “no existen estudios comparativos que permitan establecer estimaciones fiables sobre su seguridad y eficacia frente a las técnicas de reproducción asistida o a la concepción sin asistencia médica en parejas con infertilidad”.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) no menciona estas técnicas en su Guía para la prevención, el diagnóstico y el tratamiento de la infertilidad, publicada en 2025.

La naprotecnología fue creada por el ginecólogo y obstetra estadounidense Thomas W. Hilgers. Este doctor fundó el Instituto San Pablo VI sobre fertilidad natural —abre su web una fotografía de Hilgers con el Papa Juan Pablo II— y ha trabajado en el Consejo Pontificio para la Familia.

En un informe pericial trasladado al juzgado por la propia demandada se indica que “muchas parejas recurren a este método por sus convicciones morales o religiosas, ya que no implica la manipulación de embriones, ni tampoco es invasiva, si excluimos las técnicas quirúrgicas que en ocasiones son realizadas pero de forma mínimamente invasivas”.

En ese documento —a petición de la propia doctora—, el experto ya indica que “los resultados de esa técnica [en el caso de Liamar] son de escasa tasa de embarazo posterior”, aunque descarta que la intervención fuera llevada a cabo por motivos mercantilistas. Algo que niega el abogado de la familia de la víctima, Álvaro Sardinero: “La indujeron a llevar a cabo una operación quirúrgica muy arriesgada y con posibilidad cierta de muerte, a sabiendas de que el resultado iba a ser infructuoso y que las posibilidades de lograr el objetivo —el embarazo de forma natural— era del 0%”.

“Yo no conocía la clínica y creo que ella tampoco, ni sabía quién era el presidente, ni su filosofía detrás. Ves que solo atienden a parejas hombre-mujer... Esa no era la forma de pensar de mi hija”, explica su madre. El director y cofundador de Fertílitas es Álvaro Ortega, quien también preside la asociación anti derecho al aborto Fundación +Vida.

Desde la clínica evitan valorar la sentencia “por respeto a la persona fallecida y a sus familiares y amigos, así como al proceso judicial”, pero recuerdan que “Fertílitas no es parte” del mismo. De hecho, solo está condenada la cirujana M.L., que sigue formando parte del cuadro médico de la empresa. Todos ellos prestan sus servicios como “profesionales autónomos”.

Preguntada por si ha tomado alguna medida tras el fallecimiento de la paciente, desde la clínica señalan que “cumple con todos los protocolos y sistemas de gestión de riesgo habituales en la prestación de servicios sanitarios, incluyendo, por supuesto, la obtención del permiso informado por parte del paciente”. La respuesta es contraria a lo que marca la sentencia por la que ha sido condenada la cirujana, que recoge que “no consta” que la paciente fuera informada del “riesgo específico y personalizado” al que se sometía.

Desde la clínica apuntan que se ha “llevado a cabo un completo análisis de lo sucedido, incluyendo la solicitud de informes periciales a profesionales médicos independientes y de testimonios de pacientes de la doctora. En ese sentido, los informes periciales han manifestado que la actuación de todo el equipo médico se llevó a cabo según Lex Artis, con la debida agilidad y adoptando en todo momento las medidas concretas”.

De nuevo, este argumento contradice la sentencia, que refiere claramente que “la asistencia médica prestada no fue correcta ni se ajustó en todo momento a la más estricta 'lex artis ad hoc' y buena praxis médica”. Por ello, condena a la cirujana a pagar un total de 209.724 euros a los familiares de la víctima. Sin embargo, no aborda la inhabilitación, lo que le permite seguir ejerciendo la medicina, como recuerda desde Fertílitas.

Contra la sentencia cabía recurso, pero la demandada no la recurrió y, por tanto, fue declarada firma por los tribuales. La cirujana ha declinado responder a las preguntas de este medio.