La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha archivado la denuncia presentada en nombre de la Asociación Nacional de Veteranos de los Tres Ejércitos contra Pablo Iglesias por un presunto delito de incitación al odio, según ha informado el Consejo General del Poder Judicial en un comunicado.
Los hechos denunciados se remontan a una intervención del vicepresidente segundo en el Congreso de los Diputados, el 29 de abril de 2020, en la que expresó que para él es “un honor” representar a una formación política en la que se incluye el Partido Comunista de España, “que fue condición de posibilidad de la derrota de la Dictadura, de la construcción de la democracia en nuestro país y de la Constitución del 78”.
En su auto, la Sala remite al artículo 71.1 de la Constitución, en el que se recuerda que los diputados y senadores tienen inviolabilidad por “las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones”. Además, considera, según el comunicado, que ese honor que manifestó Iglesias de “representar a un grupo político dentro del cual está el Partido Comunista de España” es “el reflejo de la asunción y el ejercicio de los principios constitucionales democráticos más esenciales”; por tanto, concluye que no puede entenderse que dé lugar a una “infracción penal cuando se proclama de un Partido Político inscrito en el correspondiente Registro desde el 9 de abril de 1977”.