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La Junta de Andalucía dará a los municipios más autonomía en la protección el patrimonio histórico

El consejero de Cultura y el portavoz del Gobierno de Andalucía.

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El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el anteproyecto para modificar la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, que acaba de cumplir 10 años. Son 31 novedades orientadas a incrementar el protagonismo de las corporaciones locales, simplificar los procedimientos, mejorar ciertos aspectos de la protección, “racionalizar” el régimen sancionador, impulsar los museos de los municipios,  reforzar la participación ciudadana y “adaptar la norma a los cambios legislativos de la última década”, en palabras del consejero de Cultura, Miguel Ángel Vázquez.

El primero de los objetivos, que pretende dar más autonomía a las administraciones locales, es el más llamativo. De este modo, se pretende suprimir la autorización de la Consejería de Cultura para obras menores en entornos de un BIC, zonas arqueológicas y conjuntos históricos. Es para aquellas intervenciones que no afectan a la estructura. Por un usar un ejemplo puesto por el propio consejero: la reforma de un baño en una vivienda situada junto a un BIC ya no requerirá la autorización de la comisión provincial de patrimonio, sino que bastará la del consistorio.

En estos momentos, hay 131 municipios con conjuntos históricos declarados y 12 tienen ya delegadas las competencias. “Con la nueva reforma otros 49 tendrían las competencias urbanísticas en la materia porque tienen sus planes de protección aprobados”, ha apuntado Miguel Ángel Vázquez. “Hasta llegar a 131, hay que trabajar con el resto para que lo logren y se desatasquen las comisiones provinciales de patrimonio”, ha continuado.

Por otra parte, los que ya cuenten con los planes urbanísticos no necesitarán solicitar la atribución de competencias para obras y actuaciones que cumplan con el planeamiento en vigor, pese a afectar a inmuebles inscritos en el Catálogo General de Patrimonio Histórico de Andalucía y sus entornos. “La Consejería de Cultura sólo se reservará esta competencia en el caso de monumentos, jardines históricos y zonas arqueológicas”.

Tampoco será necesario elaborar, como hasta ahora, proyectos de conservación para los inmuebles incluidos en los entornos de los BIC, y se suprime la necesidad de tramitar como actividades arqueológicas diversas actuaciones que pasan a tener la consideración de obras. 

Precisamente, en materia de BIC, se especificará que la obligación de permitir visitas del público en los que son privados, siga siendo de cuatro días por mes, pero una por semana. Por cierto que desde la entrada en vigor de la ley, se han resuelto 230 expedientes de declaración BIC.

En segundo lugar, entre los cambios que se quieren incluir en la ley para mejorar la protección, destaca que recogerá “de forma expresa la prohibición de los detectores de metales con carácter general, salvo excepciones relativas a su uso reglado en actividades arqueológicas, seguridad y defensa nacional o mantenimiento y reparación de infraestructuras”. Hoy día, según el consejero, estos dispositivos, que pueden usarse con determinadas condiciones y previo permiso, “siguen suponiendo la segunda mayor amenaza para la pervivencia del patrimonio arqueológico, muy por encima de la construcción”. 

También en este apartado, subrayar que se propone equiparar el régimen de protección de los BIC a los restos del megalitismo de Andalucía, como forma de reconocer de forma automática el conjunto de manifestaciones del periodo, y se dotará de entorno protegido a las cuevas, abrigos y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre. En paralelo, se define con mayor precisión el “patrimonio etnológico en Andalucía”; se crea la subtipología de “paisaje cultural”; y se establece que, en determinados supuestos, será necesaria la autorización de la Consejería de Cultural para la demolición de inmuebles incluidos en la figura de protección lugar de interés industrial.

En materia de sanciones, se introducen modificaciones dirigidas a garantizar la idoneidad y proporcionalidad, y se revisan las circunstancias agravantes y atenuantes. Entre estos últimos, se precisa con mayor detalle cuándo se entiende que hay reincidencia, se tiene en cuenta la reparación del daño causado y la paralización voluntaria de las obras. Por el contrario, se introducen agravantes en función de la intención de generar perjuicios y de la naturaleza de los mismos.

En cuanto a los museos de los municipios, “que cumplen una importante función en la custodia y difusión del patrimonio histórico”, según el consejero, contarán con medidas de apoyo como la exclusión del régimen general para trabajar con los materiales arqueológicos depositados en los mismos. Ello les evitará trámites y facilitará su labor. Es más, podrán tener en depósito bienes pertenecientes a la Junta de Andalucía e integrados en la Colección Museística de Andalucía.

Mientras, en materia de participación ciudadana, el nuevo quiere reconocer “la contribución de la ciudadanía a la conservación, difusión e identificación del patrimonio histórico, más allá del papel de denuncia”. Paralelamente, se refuerzan las disposiciones sobre transparencia y accesibilidad a la información.

Finalmente, en la adaptación a los cambios legislativos de estos años, se prevé que los bienes reconocidos por la Unesco, actualmente siete como Patrimonio Mundial y dos como Patrimonio Cultural Inmaterial en Andalucía, cuenten con una evaluación de impacto patrimonial“, siguiendo las recomendaciones del organismo de la ONU.

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