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Junta y sindicatos firman el acuerdo para pagar el verano a los interinos

Alumnos recibiendo una lección en el aula

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Los interinos que durante el curso 2011-12 trabajaron entre 165 y 279 días cobrarán finalmente los meses del verano de 2012 a partir de enero de 2016.

Así lo han acordado la consejera de Educación y Empleo, Esther Gutiérrez, y los representantes de PIDE, CSI-F, CCOO, UGT y ANPE.

Una vez firmado el acuerdo con los cinco sindicatos con representación en Enseñanza, la Consejería de Educación y Empleo publica este martes los detalles del procedimiento. Según informa la Junta el pago total de esta medida asciende a 2,1 millones de euros.

A partir del miércoles 25 de noviembre se abrirá un plazo para que los 549 docentes afectados puedan solicitar a la Consejería que les abone los meses de julio y agosto de 2012.

Después, se abrirá un proceso de alegaciones de 10 días. Los trámites habrán concurrido antes de que finalice el año para que en enero de 2016 se integre el primer pago del 40 por ciento del total. El 60 por ciento restante se abonará en enero de 2017, tal y como ya anunció la consejera de Educación y Empleo, tras la Mesa Sectorial de Educación, celebrada el pasado 19 de octubre.

Esta medida se acuerda después de que el Tribunal Supremo decidiese no admitir a trámite un recurso de casación de la Junta de Extremadura interpuesto el año pasado contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la región que le obligaba a pagar a un interino los meses de julio y agosto de 2012.

Un decreto del anterior Gobierno extremeño del PP, de junio de 2012, establecía que los meses de julio y agosto no se pagarían a los interinos que no hubieran estado contratados un mínimo de 280 días en ese curso 2011/2012, pero un interino ayudado por PIDE recurrió y ganó en sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

PIDE consideró desde el primer momento que la decisión del Supremo era extensible al resto de interinos afectados, e instó a la Junta a que hiciera este pago de forma voluntaria y no forzado por sentencias judiciales que además supondrían el pago de costas para la Administración autonómica.

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