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Ciudadanos justifica el traspaso de dinero de los grupos municipales al partido

Ciudadanos asegura que el partido no ha traspasado "ni un duro" irregularmente

Europa Press

Barcelona —

El vicesecretario general de Ciudadanos, José Manuel Villegas, ha asegurado este lunes que no han traspasado “ni un solo duro de forma irregular” entre grupos municipales y el partido para financiar campañas electorales.

Lo ha dicho en rueda de prensa al preguntársele por la noticia de La Razón según la cual la Secretaría de Finanzas de C's explicaba a sus concejales cómo hacer llegar las subvenciones municipales a la dirección del partido, presuntamente con este fin.

Según ha publicado El Mundo, críticos de Ciudadanos han denunciado al partido ante Anticorrupción por posible financiación ilegal. La Plataforma por las Garantías Ciudadanas, que aglutina a ex militantes críticos, ha puesto una denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción “por si pudieran existir indicios de la existencia de una financiación ilegal u otro tipo de delito contra la Administración Pública”.

Villegas ha afirmado que las cuentas que han salido publicadas son precisamente mecanismos para controlar que eso no suceda, y que C's gasta menos de lo que le corresponde en sus campañas, por lo cual no necesita dinero de sus grupos municipales.

Fuentes de la formación naranja han confirmado la veracidad del e-mail interno publicado por ese diario, en el que la Secretaría de Finanzas propone “abrir un nuevo CIF” para el grupo municipal en aquellos casos en los que los secretarios de los ayuntamientos no aceptasen ingresar a nombre del partido las asignaciones económicas que se conceden a los grupos municipales para gastos de funcionamiento.

Los Estatutos de la formación presidida por Albert Rivera indican que el partido tiene “capacidad jurídica plena para ”adquirir, administrar y enajenar los bienes y derechos que resulten necesarios para el cumplimiento de sus fines“.

Según el documento que rige el funcionamiento de Ciudadanos, sus recursos económicos proceden de las cuotas y aportaciones de sus afiliados, los rendimientos de su propio patrimonio, los créditos que concierte y las herencias, legados o donaciones que reciba.

Asimismo, dice financiarse a partir de las contribuciones económicas de sus cargos públicos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6.6 de los Estatutos, y de “cualesquiera otros ingresos que reciba de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos”.

Dicho artículo establece que las personas que resulten elegidas para algún cargo público en las listas de C's contribuirán a la financiación del partido con “el 10% de los ingresos netos del cargo público recibidos por cualquier concepto derivado del desempeño de su función, excluyendo el importe correspondiente al salario mínimo interprofesional”. Ese será el porcentaje que deberán entregar “salvo la existencia de una carta financiera específica”, añade.

A continuación, los Estatutos señalan que el Comité Ejecutivo de Ciudadanos “podrá establecer los casos, las normas y las cuantías por las que deban, en su caso, contribuir a la financiación del partido las personas que reciban ingresos derivados de su designación por C's para cualquier función en instituciones públicas”.

Según varios medios, es la Carta Ética y Financiera –que no ha sido publicada por C's– la que obliga a “dedicar los ingresos que se pudieran obtener para los grupos parlamentarios o municipales al pago de los créditos que el partido hubiera podido contraer para hacer frente a los gastos de sus respectivas campañas electorales”.

En febrero de 2015, antes de las elecciones municipales y autonómicas, el vicesecretario general de la formación naranja, José Manuel Villegas, ya habló de ese documento que C's exige firmar a todos sus candidatos para poder formar parte de las listas electorales.

Villegas explicó que, al rubricarla, los candidatos asumían una serie de compromisos, como abandonar su cargo público en caso de estar implicados en algún caso de corrupción o presentar una declaración jurada de sus bienes al acceder a un cargo público.

En cuanto a la financiación del partido, señaló que los candidatos aceptaban contribuir a la financiación del partido mediante la aportación del 10% del total de los ingresos netos que obtengan como cargos públicos, como dicen los Estatutos. Sin embargo, en aquel momento no mencionó los ingresos de los grupos municipales o parlamentarios.

El presidente del Consejo General de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local, Eulalio Ávila, explica que la financiación de los grupos municipales está poco regulada. La normativa es “exigua” y permite que “cada operador del derecho, cada interventor y secretario municipal pueda interpretarla”.

Por un lado, la Ley de Bases de Régimen Local establece que los grupos podrán recibir asignaciones de sus entidades locales (artículo 73.3) y señala que ese dinero no se podrá dedicar a remuneraciones de personal al servicio de la corporación municipal ni a comprar bienes. No añade nada más, salvo que los grupos “deberán llevar una contabilidad específica” de esa aportación y el Pleno podrá requerirla, si quiere.

Por otro lado, la Ley de financiación de los partidos políticos prevé que estos reciban aportaciones de sus grupos municipales (artículo 2.1.e), como también de los grupos de los parlamentos autonómicos o nacionales. “En base a ese artículo, los grupos pueden hacer aportaciones al partido”, señala Eulalio Ávila.

La “duda” con respecto a Ciudadanos radica entonces en si el dinero se puede o no ingresar en una cuenta bancaria de este partido, no del grupo municipal, porque la ley no dice nada. “Hay que interpretar esa laguna normativa con arreglo a los principios generales del derecho y a la jurisprudencia”, concluye el experto.

“Desde mi punto de vista, y es mi opinión, si la asignación lo es al grupo político, lo lógico es que se ingrese en una cuenta a nombre del grupo político”, añade el presidente de Cosital, que recuerda los problemas que estos grupos han tenido en el pasado para abrir cuentas bancarias a su hombre al no tener personalidad jurídica.

“Parece lógico que se ingrese el dinero en una cuenta a nombre del grupo municipal y que luego, si el grupo decide aportar dinero al partido en base a la Ley de financiación de partidos políticos, lo destine”, dice.

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