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Un juez autoriza la primera exhumación en el Valle de los Caídos

Un juzgado autoriza la exhumación de dos cuerpos en el Valle de los Caídos

Agencias

Madrid —

El Juzgado de Primera Instancia Número 2 de San Lorenzo de El Escorial (Madrid) ha autorizado la exhumación por la vía civil de los restos mortales de dos hermanos que fueron fusilados y enterrados en una fosa común en Calatayud (Zaragoza) y posteriormente trasladados al Valle de los Caídos.

En un auto, al que ha tenido acceso Efe, el juez Jose Manuel Delgado estima la petición de la nieta de los asesinados para recuperar los restos mortales de Manuel y Antonio Ramiro Lapeña Altabás y reconoce su derecho a darles una “digna sepultura”. Se trata del primer caso de exhumación judicial en el Valle de los Caídos, y del primer caso de exhumación por vía civil, en base al Expediente de Jurisdicción Voluntaria, en aplicación del articulado de la perpetua memoria.

“Una vez que se ha determinado que existe un alta probabilidad de que los restos cadavéricos se encuentren en el cementerio del Valle de los Caídos, procede la realización de las actuaciones pertinentes en el citado cementerio (...) a los efectos de se termine llevando a cabo la entrega de los restos cadavéricos de los hermanos Lapeña Altabás a su familiar María Purificación Lapeña Garrido”, señala el texto. Y lo hace, añade, “tras la identificación positiva de los mismos con el fin de darles digna sepultura”.

El juez considera que existe una “alta probabilidad” de que los restos cadavéricos se encuentren en los columbarios comprendidos entre el 2061 y 2069 de la cripta principal, por lo que entiende que la “única forma de acreditarlo” es a través de la prueba de ADN. El magistrado ha tenido en cuenta la imposibilidad legal de acudir a la vía penal y el hecho de que la Fiscalía no se haya opuesto a la medida.

La Fiscalía no mostró su disconformidad, pero sí solicitó tener en cuenta las “dificultades” y la “insuficiencia de datos” que permitan constatar con “certeza” el lugar de enterramiento de las víctimas, puesto que los 81 cuerpos trasladados desde Calatayud eran de individuos desconocidos.

El juez toma esta decisión al recordar que “el derecho a recibir sepultura digna está indisociablemente unido a la dignidad propia de todo ser humano”, como así recoge el artículo 10 de la Constitución.

Asimismo, “forma parte del contenido esencial del derecho fundamental de libertad religiosa, que comprende el derecho de la persona a ser inhumada conforme a los ritos de la religión que profesa”, tal como establece la Ley Orgánica de Libertad Religiosa.

La resolución se produce tras el archivo en vía penal, tanto del Juzgado de Instrucción, como de la Audiencia Provincial de Madrid, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la solicitud de exhumación en el Valle de los Caídos.

Ante esta situación, el 20 de noviembre de 2014, la nieta de los fallecidos presentó una demanda de aprobación y protocolización de información ad perpetuam memoriam, en vía civil, con el fin de autorizar la recuperación de los restos mortales de los hermanos.

El auto, que es firme, valora el criterio del Tribunal Supremo, la Organización de Naciones Unidas (ONU) y la jurisdicción civil para defender que los familiares de las víctimas tienen derecho a pedir su identificación, regularizar su situación y darles una digna sepultura, lo que supone la entrega de los restos cadavéricos.

Ligados a CNT

Manuel fue fundador de la CNT de Calatayud, desaparecido el 27 de julio de 1936 y con acta de defunción de 14 de agosto del mismo año, fue fusilado por las autoridades en el barranco de La Bartolina; mientras que Antonio, tras ocultarse de las autoridades, se entregó en octubre de 1936, y fue fusilado por las mismas el 20 de octubre del mismo año en la tapia del Cementerio Municipal de Calatayud.

En ambos casos, los hermanos fueron enterrados en fosa común, sin que conste juicio con condena a pena de muerte conforme legislación vigente en el momento de los hechos, con carácter legítimo.

Tras ser ejecutados aquel año, los restos mortales de sus familiares fueron trasladados al Valle de los Caídos por orden del Ministerio de Gobernación en 1959. La demandante pidió que se constatara la muerte violenta y se procediera a identificarlos y entregarlos a la familia para que los puedan enterrar donde deseen.

El abogado de Purificación Lapeña, Eduardo Ranz, ha explicado a Europa Press que “en el Valle de los Caídos constan más de 33.000 cuerpos y hasta hoy había dos identificados y uno de ellos apodado 'el ausente'. Desde hoy son cuatro, José Antonio Primo de Rivera, Francisco Franco y Manuel y Antonio Ramiro Lapeña Altabás”.

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