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¿Por qué no puedo revender mis mp3?

His Copyrights voice

Marta Peirano / Marta Peirano

Berlín —

Es injusto pagar lo mismo por comprar algo que por alquilarlo, pero eso es exactamente lo que pasa con el contenido digital. Si compramos una edición de El Gran Gatsby en La Central, podemos leerlo, regalarlo, devolverlo y revenderlo por el precio que queramos en una tienda de libros de segunda mano. Si compramos el ebook en Amazon, las opciones se reducen a dos: tenerlo o no.

Al descargar el libro aceptamos una licencia “no transferible” donde el usuario “no adquiere ningún derecho de propiedad sobre el software o la música”. Gatsby no es nuestro para revender y por eso Capitol Records ganó el juicio contra ReDigi, “el eBay de la música digital”.

ReDigi es un mercado de compraventa de música digital “usada” que estaba a punto de incluir ebooks cuando cuando les llegó la denuncia del subsello de Emi por infracción de propiedad intelectual. El caso tuvo interés porque podía haber convertido a los “usuarios” en dueños del contenido que pagan, pero el juez Sullivan del Tribunal de Distrito de Nueva York concluyó que la reventa de música digital vulneraba la licencia de Capitol y la legislación de copyright norteamericana. Aunque perdió el caso, ReDigi ha levantado la polémica. ¿Por qué no podemos revender lo que hemos comprado legítimamente?

La archifamosa Digital Millennium Copyright Act indica claramente que la doctrina de primera venta (la figura que permite el regalo, préstamo, reventa, alquiler y libre circulación de contenidos con Copyright sin compensar al vendedor original más de una vez) no se aplica por una razón muy sencilla: los libros de segunda mano degeneran con el uso, perdiendo parte de su valor, mientras que los ebooks son siempre nuevos. En otras palabras, no existe diferencia alguna entre la copia nueva y la copia de segunda mano. Si las dos compiten en el mismo mercado, ¿quién comprará el “original”?

El software informático no es contenido

El software informático no es contenido

No todos los ceros y unos son iguales ante esta ley. Cuando Oracle llevó a juicio a UsedSoft por revender sus licencias, el Tribunal de Justicia Europeo decidió en favor del demandado, declarando que el creador de un software no se puede oponer a la reventa de sus licencias, independientemente de los términos del servicio. Dicha transacción incluye la transferencia del derecho de propiedad de la copia. Por lo tanto, incluso cuando la licencia prohíbe una futura transferencia, el propietario original no puede oponerse a la reventa de la copia, declaró el juez. Aunque Europa no es América, hay precedentes similares al otro lado del Atlántico.

En una jocosa pirueta del destino, la injusticia de la que hablábamos antes esconde un inesperado revés: porque compramos un servicio y no un producto, UsedSoft sólo revende el derecho a usar el software (básicamente, un número de serie) y los compradores deben descargar el software de los servidores de Oracle. Muchos vendedores de software funcionan como los gimnasios: el 80% de la gente que se abona todo el año deja de ir después del primer mes. Ahora que los re-compradores son usuarios legítimos de la licencia, su derecho incluye actualizaciones y servicio técnico hasta el final del contrato.

El CEO de UsedSoft, Peter Schneider aseguró en una entrevista que el veredicto incluye la habilidad de vender por separado licencias compradas en bloque y la reventa de licencias de educación, que se adquieren a precios reducidos. La directiva europea especifica que “los estados miembros protegerán los programas informáticos con copyright (en lugar de patentes, como en EEUU) como si fueran libros”. El tiempo dirá si nuestros hijos podrán dejarle sus libros de texto digitales a sus hermanos pequeños o tendrán que infringir la ley para proteger antiguos monopolios.

De momento, para ver por dónde sopla el viento conviene mirar hacia dónde se inclinan las torres más altas. Los expertos vaticinan un empeoramiento en las condiciones de la venta de contenido nuevo pero lo más probable es que los lobbys contengan el desarrollo del mercado de segunda mano mientras montan su propio mercadillo. A principios de este año, Amazon -cuyo mercado de libros de segunda mano ha machacado los precios pero ha reactivado la circulación de los almacenes de todo el planeta- recibió una patente para un mercado de trueque digital donde, igual que en ReDigi, los usuarios tienen listas de “tengo” y “quiero” y los archivos se intercambian con una pequeña comisión para la casa. Por su parte, Apple ha solicitado una patente para un mercado de intercambio y reventa de contenidos comprados en iTunes, incluyendo ebooks, música, películas, juegos y software.

Mientras tanto, los grandes se preparan el terreno

Mientras tanto, los grandes se preparan el terrenoHace casi una década, el artista danés Mogens Jacobsen presentó Crime Scene, un circuito cerrado en el que dos ordenadores, sin teclado, altavoz o auriculares intercambiaban música en un minúsculo programa P2P. Como ReDigi, Jacobsen había diseñado un modelo en el que sólo existía una copia de cada canción en todo momento, que había sido adquirida legalmente y que se movía de un ordenador a otro como un partido de pingpong. A pesar de que no había humanos involucrados (si excluimos al propio artista) y que no había manera de escuchar ninguna canción, el proceso mismo era una infracción de Copyright. Como apuntó el juez Sullivan, es físicamente imposible mover un archivo digital de un disco duro a otro sin hacer una copia del mismo, salvo que movamos el fragmento de disco duro donde está almacenado el material.

El sistema que Apple quiere patentar también incluye la intención de mantener una copia única de cada archivo que el usuario puede comprar y vender. Además de contradecir sus esfuerzos por amordazar el mercado de segunda mano y la sentencia de ReDigi, también está en guerra con sus propios Términos y Condiciones: Una vez que descargue un artículo de Contenido Elegible iTunes es su responsabilidad no perderlo, destruirlo o dañarlo y es posible que desee respaldarlo. “Respaldarlo” significa hacer la legalmente problemática copia de seguridad.

Como ocurrió con el canon de copia privada, la abundancia de contradicciones sólo refleja lo enferma que está la Ley de Propiedad intelectual y el alto precio que pagamos todos por mantenerla viva después de su fecha de caducidad. Como el espíritu de la revuelta, ReDigi ha lanzado una campaña de recogida de fondos para una apelación. Se llama, apropiadamente, My Digital Right.

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