El Tribunal Supremo decidirá si las universidades pueden romper relaciones con Israel por el genocidio en Gaza

Néstor Cenizo

13 de marzo de 2026 13:21 h

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El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anuló la suspensión de las colaboraciones entre la Universidad de Granada y las universidades e instituciones israelíes. El alto tribunal zanjará así una cuestión que hasta ahora ha suscitado dos sentencias contradictorias: un juez avaló en primera instancia la decisión adoptada por la Universidad de Granada, pero luego fue corregido por el TSJA, que entendió que la decisión era discriminatoria y vulneraba los derechos fundamentales a la dignidad, la igualdad y no discriminación y la integridad moral.

Ahora se pronunciará el Tribunal Supremo, que ha admitido el recurso de la Universidad de Granada y la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA), al apreciar que el caso afecta a los límites de la autonomía universitaria.

Los magistrados evaluarán si una universidad puede adoptar acuerdos como la suspensión basados en la defensa de los derechos humanos y del derecho internacional, incluso cuando estos impliquen suspender relaciones académicas con instituciones extranjeras. Asimismo, deberá determinar si este tipo de medidas puede calificarse como discriminatorias cuando no se dirige contra personas físicas, sino contra instituciones vinculadas a un determinado Estado.

Acuerdos universitarios en el punto de mira

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada acordó suspender sus programas de cooperación académica con universidades israelíes y reforzar la cooperación con universidades palestinas el 17 de mayo de 2024.

La Universidad acordó suspender la movilidad de estudiantes, docentes e investigadores con universidades israelíes, así como los convenios de lectorado y cursos de verano con la Universidad de Bal-Illan y con la Universidad de Tel-Aviv; no firmar nuevos acuerdos, ni participar en nuevos proyectos internacionales con universidades israelíes; y suspender la cooperación científico-técnica en los consorcios de investigación promovidos por la Comisión Europea con socios israelíes. También acordó intensificar sus relaciones con las universidades palestinas y ayudar a acoger estudiantes, investigadores y profesores palestinos.

Habían pasado siete meses desde el inicio de la ofensiva israelí contra Gaza tras los atentados del 7 de octubre. En ese momento, la ofensiva israelí ya había matado a unos 35.000 y herido a unos 75.000 gazatíes, la mayoría civiles, incluyendo alrededor de 15.000 niños. Israel también obliga al desplazamiento forzoso de 1,7 millones de personas fuera de sus viviendas, en torno al 70% de la población, hacinándolos en el extremo sur de la franja. Hasta el alto el fuego de octubre de 2025 los muertos superaron los 72.000 (de ellos, 21.000 niños y niñas) y los heridos alcanzaron 172.000, según las cifras del Ministerio de Salud de Gaza, citadas por las agencias de la ONU.

Entre mayo y junio de 2024 las protestas contra las acciones de Israel en Gaza se sucedieron en las universidades españolas, y media docena de ellas (Valencia, Málaga, Granada, Burgos, Complutense de Madrid, País Vasco y Vigo) rompieron con el país. Varias fueron demandadas por la Acción y Comunicación sobre Oriente Medio (ACOM), un lobby sionista que esta misma semana ha demandado a varios periodistas, incluida Raquel Ejerique, adjunta al director de elDiario.es, por “invitar al odio e injuriar personal y públicamente a ciudadanos judíos españoles con significación pública”.

Los recursos de ACOM contra las universidades españolas han seguido una suerte dispar. Por ahora, ha ganado contra la de Granada y Valencia, y perdido contra la de Burgos. Los recursos ahora llegan a la cúspide de la jurisdicción española, que deberá zanjar la cuestión.

Neutralidad o autonomía universitaria

Para fundamentar su acuerdo la institución granadina recordaba que en la esencia de las universidades está promover la paz y que sus Estatutos recogen como fin “la transmisión de los valores superiores de nuestra convivencia (…) el fomento del diálogo, de la paz, del respeto a la diversidad cultural y de la cooperación entre los pueblos”. Pocos días antes, la Conferencia de Rectores y la Asociación de Universidades Públicas Andaluzas habían pedido el cese de las operaciones militares del ejército israelí y de “cualquier acción de carácter terrorista, y la liberación de las personas secuestradas por Hamas”, así como que Israel respete el derecho internacional y permita la entrada en Gaza de toda ayuda humanitaria.

La Universidad citaba las palabras de la relatora de la ONU Francesca Albanese, quien días antes había lamentado que “el mundo está siendo testigo del primer genocidio mostrado en tiempo real por sus víctimas”.

ACOM recurrió el acuerdo por entender que vulnera los derechos fundamentales de la población e instituciones israelíes. En primera instancia, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Granada desestimó la demanda al entender que la Universidad actuó dentro de su autonomía, reconocida en la Constitución, y sin vulnerar derechos fundamentales. El juez razonaba que la decisión de la Universidad no se dirigía “contra el pueblo israelí”, sino que se refería a instituciones concretas, estableciendo una diferencia de trato justificada, proporcional, de efectos provisionales y basada en fines legítimos de la Universidad.

Sin embargo, el TSJA revocó la decisión el pasado septiembre, subrayando que la libertad de la Universidad para establecer o suspender convenios debe ajustarse a los principios de igualdad y dignidad de las personas. A diferencia del juzgado, el TSJA concluyó que el Acuerdo establece un trato desigual hacia estudiantes, profesorado y personal vinculado a universidades israelíes “sin motivación suficiente, sin individualización y sin examinar su concreta participación o posición respecto al conflicto”. Según esos magistrados, el Acuerdo implica una “estigmatización” al asociar a las personas vinculadas a las universidades israelíes con una responsabilidad en el “conflicto entre Israel y Palestina y Gaza”.

El asunto tiene relevantes aristas jurídicas, según reconoce el Tribunal Supremo, que ha visto una oportunidad para retomar la jurisprudencia en materia de acuerdos universitarios sobre cuestiones políticas.

En primer lugar, está el alcance del principio de neutralidad de las universidades públicas. El Tribunal Supremo se cuestiona si tiene el mismo alcance que en otras administraciones y dónde debe trazarse la frontera entre ese principio y el de autonomía universitaria, reconocido en la Constitución. A su vez, los magistrados se pronunciarán sobre si la suspensión de relaciones institucionales con entidades vinculadas a un Estado puede calificarse de “acto discriminatorio” pese a que no se refieran a personas físicas o colectivos.