Espacio de opinión de Canarias Ahora
Parlamento canario: otro fraude legislativo más
Se ha dicho siempre que “quien hace la ley hace la trampa”.
Para mi asombro, el Parlamento de Canarias ha emprendido hace algunos años un viaje (que parece sin vuelta atrás) hacia la excelencia negativa. Acabará obligando al pueblo a acuñar un nuevo dicho: “en Canarias hacen las trampas desde que están haciendo la Ley”. Somos unos cracks.
El procedimiento legislativo es, o al menos debiera ser, el procedimiento estrella en un Estado de Derecho. La razón es obvia: su finalidad es la aprobación de una Ley, que es la expresión de la soberanía democrática.
La Ley se impone al Gobierno, a la Administración y al Poder Judicial. En esto consiste el principio de legalidad, base del Estado de Derecho.
Por la propia trascendencia del procedimiento legislativo, las garantías deben respetarse rigurosamente. Se trata de garantías jurídicas del pluralismo político, que figura entre los valores superiores del orden jurídico y del sistema de convivencia definidos por la Constitución.
Pues bien: lo que está pasando una vez más --a añadir a las estratagemas utilizadas para reconvertir las iniciativas legislativas para la creación de los hospitales del Norte y del Sur de Tenerife en sendos centros sociosanitarios para preservar los intereses de la empresa sanitaria favorita de ATI-Coalición Canaria, la descatalogación de especies amenazadas para construir el Puerto de Granadilla, el recorte discriminatorio del 20% del sueldo a 3.500 trabajadores de la Administración autonómica…y un ya largo etcétera…-- es la maniobra de Coalición Canaria y (horror!!) del PSOE para darle la vuelta como un calcetín a la Proposición de Ley del Cabildo de La Palma destinada a modificar algunos artículos de la Ley 6/2002, que autorizaba a cada una de las islas de La Palma, La Gomera y El Hierro a definir un modelo territorial y turístico específico con el que afrontar sus graves problemas socioeconómicos.
Han registrado a última hora una batería de enmiendas que trastocan el objeto y el alcance de la Proposición de Ley, pretendiendo cambiar hasta el título de la Ley y la Exposición de Motivos. La enmienda estrella va a incorporar a esta Ley el artículo 124 del Proyecto de Ley del Suelo (la Ley Clavijo) que consagra los “proyectos de interés singular”, que permitirán implantar en toda clase de suelos infraestructuras, equipamientos e instalaciones turísticas, comerciales, de ocio…
No olvidemos que la ejecución de esos “proyectos” acarrearán expropiaciones forzosas, despojando a sus legítimos propietarios en beneficio de los promotores por “razones de interés social”, libremente apreciadas por el gobernante (o mandado, según estamos viendo) de turno. Libremente apreciadas aún en contra del planeamiento, ya sea el Plan Insular de Ordenación o el Plan General de un municipio, que destina esos suelos al uso agrícola porque considera que es el que conviene a los intereses generales. Y no el turístico.
Es decir, autorizan al gobierno y a los cabildos a saltarse a la torera discrecionalmente los Planes Generales de Ordenación y otros instrumentos de planeamiento que son, por si alguien lo duda, normas jurídicas. Es la coronación de la inseguridad jurídica, de la desigualdad ante la ley, de la discrecionalidad de los gobernantes, de la arbitrariedad…En fin, un ataque en toda regla a la línea de flotación del Estado de Derecho.
Es el mismo y polémico artículo 124 del Proyecto de Ley del Suelo que ahora mismo está siendo estudiado por el Consejo Consultivo; pero que pretenden meter en la Proposición de Ley del Cabildo palmero por la vía de los hechos consumados.
El Estado de Derecho se inventó sobre la distinción entre una norma y un acto jurídico. Es la distinción conceptual y jurídica que permitió distribuir las funciones del Estado entre el poder legislativo, ejecutivo y judicial. El legislativo, centro del sistema, toma las principales decisiones políticas en representación de los ciudadanos. Y las toma en forma de Leyes a las que se deben someter los gobernantes y los jueces.
En esa distinción fundamental, entre una norma y un acto, la norma es de carácter general y el acto tiene carácter ejecutivo y singular: una sentencia judicial o una resolución administrativa.
Esa distinción es la que se quieren cargar los que mandan en estas Islas, que no son sólo ni fundamentalmente los que están en las Instituciones. La capacidad destructiva y contaminante de estas maniobras, si prosperan, es incalculable.
Son tan conscientes Clavijo y la comparsa de lo que hacen, que pretenden jugar con las palabras llamando “instrumentos de ordenación”, es decir intentando disfrazar de normas, lo que son meras decisiones discrecionales del poder.
Estas cosas son así de áridas pero, en mi opinión, así de claras.
El Parlamento tomó en consideración, haciéndola suya, una Proposición de Ley que tiene un objeto, una finalidad y unos efectos jurídicos. Es esa Proposición de Ley la que fue examinada y dictaminada por el Consejo Consultivo; pero la quieren cambiar a fondo después de la toma en consideración y después del dictamen, en una fase posterior del procedimiento legislativo.
Un grupo parlamentario tiene derecho a presentar iniciativas legislativas o a enmendar las que presentan los otros grupos, el gobierno, un cabildo o las iniciativas legislativas populares. Forma parte esencial del derecho fundamental de participación política que los diputados ejercen en nombre de los ciudadanos.
Cambiando el objeto y el alcance de una Proposición de Ley a través de enmiendas-del-último-día el gobierno y los grupos que lo apoyan están cometiendo un fraude al procedimiento legislativo y sus garantías. Y un ataque al derecho de participación política de los diputados que no estén en este enjuague, con la complicidad de la Presidenta y la Mesa del Parlamento.
Prefiero pensar que Anselmo Pestana no está en esto. Pero, aunque quisiera, no puedo pensar lo mismo de la presidenta del Parlamento a la que siempre le ha gustado situarse del lado institucional. Está contribuyendo a degradar hasta el infinito el prestigio del Parlamento, su representatividad y la calidad del autogobierno del Archipiélago.
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