Las entidades aportarán al Fondo de Garantía de Depósitos según su “perfil de riesgo”

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

El Gobierno considera que el régimen de aportaciones de bancos, cajas y cooperativas que se defina para nutrir al nuevo Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) unificado tendrá un carácter transitorio, ya que prevé que en la Unión Europea se desarrolle un sistema basado, además de en el volumen de depósitos, en el perfil de riesgo de cada una las entidades adheridas al mismo.

El Ejecutivo ha incluido una disposición que alude específicamente a esta posibilidad en el decreto. La memoria económica que lo acompaña, a la que ha tenido acceso Europa Press, destaca que el objetivo es garantizar un “tránsito sencillo y ordenado” del sistema anterior basado en tres fondos sectoriales al nuevo Fondo único.

Sin embargo, el decreto no aclara cuál será este régimen “transitorio” de las aportaciones anuales de bancos, cajas y cooperativas al Fondo, y sólo indica que se determinará “reglamentariamente” (es decir, a través de una orden ministerial o un real decreto) a posteriori.

Lo que sí precisa, tal y como adelantó la vicepresidenta económica, Elena Salgado, que los importes serán de hasta un máximo del 2 por mil de los depósitos a los que se extiende su garantía, en función de la tipología de las entidades de crédito. Esta falta de concreción ha despertado los recelos en el sector.

La Unión Nacional de Cooperativas de Crédito (Unacc) ha calificado de “expropiatoria” la fusión de los tres fondos con entidades con distintos niveles de aportación y cobertura patrimonial, lo que perjudica a las cooperativas. Asimismo, denuncia la “incoherencia” del mantenimiento del régimen de aportaciones.

SISTEMA DE “DERRAMAS” CONTRA LOS NÚMEROS ROJOS

El decreto establece que cuando el patrimonio no comprometido del Fondo alcance valores negativos, la comisión gestora podrá acordar, por mayoría de dos tercios de todos sus miembros, la realización de “derramas” entre las entidades adheridas, que se distribuirán según la base de cálculo de las aportaciones.

En cualquier caso, su volumen total no podrá exceder de la cuantía necesaria para superar la situación de déficit. Además, las aportaciones se suspenderán cuando el fondo patrimonial no comprometido en operaciones propias del objeto del Fondo iguale o supere el 1 por 100 de los depósitos de las entidades adscritas a él.

HABÍA ALTERNATIVAS PÚBLICAS

El texto presentado por el Gobierno al Congreso recalca que la decisión de unificar los tres fondos era “imprescindible” e “inaplazable” para reforzar la confianza en el sistema financiero español y culminar su proceso de recapitalización y reestructuración.

El Gobierno admite que se podrían haber adoptado “otro tipo de medidas” encaminadas a la obtención de fondos para reforzar la solvencia de las entidades. Así, recuerda que el decreto del pasado febrero que elevó los requisitos de solvencia para bancos y cajas preveía la posibilidad de la participación pública en las operaciones de recapitalización de las entidades a través del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB).

No obstante, considera que se debe cumplir el objetivo de minimizar los costes para el contribuyente. “A tal fin, conviene reforzar la capacidad de los fondos de garantía de depósitos, cuyo origen de fondos es privado, para apoyar este tipo de operaciones”, incide el Gobierno.

Asimismo, advierte de que la “especial sensibilidad de la materia” hace necesario evitar “cualquier eventual incertidumbre” derivada del proceso de modificación de la normativa, tal y como ocurrió en anteriores ocasiones en que los sistemas de garantía de depósitos fueron reformados, en los años 1980, 1982 y 1995, respectivamente.

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