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Archivada la querella de la alcaldesa de Telde contra dos concejales de NC

Alexis González / Alexis González

Las Palmas de Gran Canaria —

La juez de Telde Virgina Peña ha archivado la querella presentada en 2013 por la alcaldesa de la ciudad de los faycanes, Mari Carmen Castellano (PP), contra su antecesor en el cargo, Paco Santiago (NC) y el exconcejal de Deportes nacionalista, Héctor Suárez, quienes en unas declaraciones públicas acusaron a la líder del PP local de presionar al Grupo Ralons para que despidiera de su puesto de trabajo al edil de Nueva Canarias.

La juez de Instrucción número 2 de Telde decreta el sobreseimiento provisional de la causa abierta por injurias y calumnias contra Santiago y Suárez, defendidos por José María Guerra Aguilar, después de considerar que las acciones penales emprendidas por la alcaldesa del PP no tienen fundamento ni tipo delictivo recogido en el Código español como “chantaje”, que fue la acusación mantenida en una comparecencia pública por sus adversarios políticos.

En un auto fechado el martes pasado, la instructora da carpetazo al caso -se puede recurrir en reforma y en apelación- en tres folios explicando que la circunstancia de que los ediles de Nueva Canarias calificaran de “chantaje” la actuación de la alcaldesa “no constituye hechos delictivos concretos”, como señaló el ministerio fiscal en su informe de 12 de noviembre de 2013, y que la conducta “excede de los límites del derecho penal”, invitando a Castellano a “obtener la tutela que pretende” en la vía civil, por medio del derecho al honor.

En marzo de 2013, Mari Carmen Castellano acudió a los juzgados de Telde para querellarse contra ambos concejales de Nueva Canarias, que habían mantenido que presionó a Ralons, empresa del presidente de la UD Las Palmas SAD, Miguel Ángel Ramírez, para el despido de su rival político. En aquella ocasión, la alcaldesa aseguró estar dispuesta a retirar la querella si Paco Santiago y Héctor Suárez se retractaban, circunstancia que nunca se produjo. En la causa declararon, en su día, tanto la querellante como los querellados, y el gerente del grupo Ralons.

La juez no aprecia “esa clara intención de atentar contra la dignidad de la persona, con grave afectación de su propia estima (autoestima) o heteroestima (fama), que no concurre en el caso que nos ocupa, en el que únicamente se critica una decisión política”, que sería la petición de la alcaldesa de despedir de su puesto de trabajo al concejal de un partido adversario.

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