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El Parlamento deniega el amparo al diputado Caraballo (NC), pero sugiere que el director del Servicio Canario de Salud atentó contra su honor

El director del Servicio Canario de la Salud (SCS), Adasat Goya, en la comisión parlamentaria en la que atacó al diputado de NC Yoné Caraballo. (EFE/Miguel Barreto)

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —
12 de noviembre de 2025 14:48 h

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El ataque personal -con divulgación de datos médicos privados incluida- que el director del Servicio Canario de Salud (SCS), Adasat Goya, lanzó en comisión parlamentaria contra Yoné Caraballo (Nueva Canarias- Bloque Canarista), enfermero de profesión, es “potencialmente lesivo del derecho al honor” del diputado. Así se han pronunciado los servicios jurídicos de la Cámara regional, quienes, no obstante, han denegado la solicitud de amparo que había presentado el canarista al entender que cualquier medida disciplinaria contra el alto cargo del Gobierno excede de las competencias que tiene conferida la Mesa del Parlamento.

El informe, firmado por los letrados Salvador Iglesias y José Ignacio Navarro el pasado 4 de noviembre, califica de “improcedente, ajena e innecesaria para el debate parlamentario” la alusión de Goya a datos médicos de Caraballo. “No puede asumirse que constituyan un legítimo ejercicio de libertad de expresión”, señalan los abogados, que además consideran “jurídicamente discutible” que la divulgación de esa información por parte del director del SCS “quede amparada por la normativa de protección de datos personales”.

Los hechos tuvieron lugar en la comisión de Sanidad celebrada el 17 de octubre. El PSOE había solicitado la comparecencia de Adasat Goya para que informara sobre las listas de espera de intervenciones quirúrgicas y consultas con especialistas. En medio de un acalorado debate, el director del SCS puso en duda la implicación de Caraballo como profesional sanitario durante la pandemia y aludió, para ello, a una baja médica del enfermero, revelando incluso la enfermedad que padece.

El escrito de Caraballo y la respuesta de Goya

Tres días después, el diputado canarista presentó un escrito a la Mesa del Parlamento para pedir amparo ante la “revelación expresa y sin su consentimiento de datos relativos a sus condiciones de salud”, además de “mentir sobre su ubicación del puesto de trabajo durante el inicio de pandemia”, al afirmar Goya que había abandonado la enfemería para ocupar un puesto de gestión, lo que no es cierto.

Para Caraballo, esas alusiones personales tenían el único propósito de menoscabar su reputación personal y profesional y atentar contra su derecho al honor “con la intención de desacreditarle” por su labor de fiscalización. Además, sostenía que ese ataque personal, “basado en la revelación de datos íntimos de salud”, representaba un “intento de coacción e intimidación”.

Con su escrito a la Mesa del Parlamento, el diputado canarista pretendía que la Cámara declarara vulnerados sus derechos fundamentales, que reconociese la actuación irregular del director del SCS “al revelar datos confidenciales” sin su consentimiento y que se le reprobara.

La Mesa del Parlamento propuso entonces recabar informes antes de adoptar una decisión. Entre ellos, del propio Goya. En su respuesta, el exgerente del Hospital Universitario de Canarias (HUC) negó haber vulnerado el derecho al honor del diputado Caraballo y defendió que sus manifestaciones estaban amparadas en la libertad de expresión y no habían sido ofensivas o vejatorias.

También negó Goya haber utilizado datos confidenciales sobre la salud del diputado canarista con fines de descrédito público. El director del SCS sostuvo que esa información era “de conocimiento público” porque Caraballo había publicado en 2020 en Facebook su baja y su enfermedad y también lo había dicho en un medio de comunicación. “Cuando los datos se han hecho manifiestamente públicos por el interesado pierden la especial protección que impide su tratamiento de datos”, exponía en su réplica, en la que también decía que divulgar que estuvo de baja médica no era un dato de salud, “porque no indica diagnóstico o patología médica concreta”, obviando que también mencionó la enfermedad.

Informe de los servicios jurídicos

El informe de los servicios jurídicos del Parlamento de Canarias analiza cada una de las peticiones formuladas por el diputado Yoné Caraballo. En primer lugar, precisa que la Cámara regional no dispone de un procedimiento específico para dar amparo a los diputados por vulneración de derechos fundamentales. El reglamento atribuye la facultad de ordenación de los debates de manera exclusiva a los presidentes de los plenos o comisiones. En esta ocasión, a Gustavo Santana (PSOE), presidente de la Comisión de Sanidad.

También descarta la reprobación formal de Adasat Goya porque “excede del ámbito competencial” de la Mesa, ya que el director del SCS “no tiene la consideración de miembro de la Cámara”. La única acción disciplinaria posible hubiera sido, según los letrados, la “llamada al orden” del presidente de la comisión. Cuando se produjo el incidente, Gustavo Santana intervino para pedir respeto y “altura política” al interveniente y evitar “cuestiones de carácter personal”, aunque no hubo una llamada al orden formal.

El informe califica de “totalmente gratuita” la alusión de Goya a la baja médica de Caraballo durante la pandemia. Los abogados inciden en que esas manifestaciones no se realizaron de manera aislada, sino “conectada con otras palabras que dan a entender que la baja tuvo como motivación abandonar la primera línea de atención sanitaria propia de la condición de enfermero del diputado en los peores momentos de la pandemia”.

El contexto resulta, a juicio de los servicios jurídicos, “muy relevante”. Y es que las manifestaciones de Goya tuvieron lugar durante la celebración de una comisión parlamentaria que se emitió en directo a través de la señal institucional del Parlamento “para un número potencialmente amplio de destinatarios”.

Ello hace que el daño reputacional a Caraballo “pudiera ser grande en comparación con el hecho de que (las manifestaciones) se hubieran producido, por ejemplo, en el marco de un debate a puerta cerrada”

El informe remarca que Goya no solo hizo pública la baja de Caraballo durante la pandemia, sino también el motivo de la misma. “Estamos ante un supuesto de divulgación de datos de salud, ante la revelación de datos médicos confidenciales especialmente sensibles”, señala.

La previa publicación en redes sociales de Caraballo “puede resultar insuficiente para otorgar legitimidad a la divulgación” de esos datos médicos por parte del director del SCS. La difusión de esos datos requiere “un consentimiento expreso”, señalan los letrados, que considera “discutible” que una publicación en redes sociales, “por sí sola”, convierta estos datos “en manifiestamente públicos a efectos de su reutilización por terceros”.

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