El urbanismo pendiente de Santa Cruz de Tenerife
Nadie sabe muy bien dónde empieza el barrio de Ifara y dónde el de Residencial Anaga. Y la misma confusión parece existir entre promotores y responsables de la Gerencia de Urbanismo de Santa Cruz de Tenerife a la hora de hacer cumplir la ley. En este ámbito se concentran desde hace años seis sentencias firmes de derribo que no se acaban de ejecutar. Los problemas surgen por tratarse de un enclave en pendiente muy codiciado por unas vistas que los propietarios pagan a precio de oro. Sin embargo la construcción de otros edificios en sus propias narices y sin respetar las normas han implicado que en ocasiones este privilegio se vea mermado o reducido a cero. A partir de aquí surgen las denuncias y los fallos que en su mayor parte quedan luego en el aire.
La Plataforma en contra del Plan General de la capital tinerfeña ha criticado en varias ocasiones lo que está ocurriendo e incluso considera que no es casual que algunas de las viviendas sobre las que hay sentencias firmes sin cumplir sean de familiares de los antiguos redactores del Plan o de un diputado nacional del Partido Popular (PP). Durante los últimos años se han sucedido batallas judiciales que en todos los casos han ido a favor de los denunciantes y en contra de los denunciados. La posición de la Gerencia de Urbanismo no ha resultado demasiado clara y en no pocas ocasiones los juzgados han emitido sentencias dándole severos tirones de oreja o bien acusando al Ayuntamiento de clara inactividad a la hora de hacer cumplir la legalidad. En todos los casos se trata de irregularidades urbanísticas que tienen su origen a finales de la década de los años noventa.
Caso paradigmático es el fallo judicial sin posibilidades de recurso del Tribunal Supremo (TS) que obliga al derribo de cinco metros del edificio La Ninfa en Ifara. Años después de dictarse, se ha hecho lo posible e imposible para no darle cumplimiento. Y ha sido así hasta tal punto que en la actualidad, el Juzgado de Instrucción número 3 de Santa Cruz ha imputado a los anteriores concejales de Urbanismo, Manuel Parejo y Norberto Plasencia, y el ex gerente de Urbanismo, José Tomás Martín, por presuntamente incumplir el sentido de aquella resolución judicial. El fallo es inminente después de años de espera.
En concreto, mientras la sentencia del TS era clara al apuntar el derribo de cinco metros de este edificio por invadir un aparcamiento, finalmente el Ayuntamiento hizo una interpretación muy particular y procedió a cederle unos metros más al edificio o, lo que es lo mismo, a forzar la parcela sobre la que se levanta. El TS rechazó el recurso de casación interpuesto en su momento por Urbanismo contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que ordenaba esta demolición y que databa de diez años antes. Aunque el fallo es contundente también en un momento dado la Sala admite que no se les escapa “la posible dificultad técnica” de la demolición.
Por ello el Tribunal pidió al Ayuntamiento que a través de su servicio técnico presentase un proyecto de demolición, con especificaciones sobre la forma de realizarla, alcance y posibles efectos en la estructura del edificio. Durante años se produjo un baile de cifras sobre los metros que estaban afectados y que oscilaban desde los diez hasta los dos, pasando por cinco, que fue la cifra que finalmente dio por válida el TS tras realizar un peritaje. El Supremo descartó que se le hubiera causado indefensión a Urbanismo y además condenó a este organismo al pago de tres mil euros. Por si fuera poco este edificio es denunciado por los vecinos de la parte inferior ante la cíclica caída de piedras, sobre todo cuando llueve.
En Residencial Anaga los problemas se concentran en la calle Cornisa y más concretamente en los números 16, 17, 18 y 19 sobre las que penden sentencias firmes de demolición. Estas licencias fueron otorgadas por el actual diputado nacional del PP, Pablo Matos, cuando ejercía como concejal de Urbanismo. En el número 19 se encuentra el chalet de Manuel Luis Torres Herrera, destacado miembro del PP que ejerció de viceconsejero de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias cuando se acabó esta casa a finales de los años noventa y diputado nacional en la actualidad.
Los problemas se iniciaron a principios de esta década, cuando el TSJC no sólo ratificó la necesidad de restaurar el orden urbanístico infringido sino que dio un tirón de orejas al Ayuntamiento por su pasividad a la hora de hacer respetar la legalidad en este ámbito. La correspondiente denuncia la presentó la empresa Administradora Patrimonial Radazul SL y un vecino. A mediados de la década se empieza a intentar encontrar alguna alternativa para legalizar estas obras.
La Unidad municipal de Edificación y Disciplina informó a principios de 1998 del proyecto de construcción de una vivienda unifamiliar de dos plantas y un sótano. A finales del año Matos había considerado que el edificio estaba de acuerdo con las determinaciones contenidas en el Plan Parcial y le otorgó la licencia. Sin embargo, dos años después se realiza un informe donde se detecta el incumplimiento en uno de los muros del edificio. Se estima que tanto este error como otros del inmueble no son legalizables.
Urbanismo pudo comprobar que efectivamente la edificación no se ajustaba a lo establecido en el Plan Parcial del Centro Residencial Anaga y al PGO en vigor. Para legalizar la obra, además, es necesario llevar a cabo la demolición de los muros ejecutados que no se ajustan a la licencia concedida. En concreto, este lindero supera en cinco metros lo permitido. De forma automática se determinó que el inmueble estaba fuera de ordenación, dado que la edificación ejecutada no se ajustaba a lo establecido en los distintos planes.
Tanto en este caso como en otros más que se suceden también en el ámbito de Residencial Anaga, la Gerencia de Urbanismo había introducido en la versión del PGO de 2008 una cláusula indicando que, una vez aprobado el planeamiento, “se podrá instar la legalización del inmueble, siempre y cuando dicha opción sea posible conforme a las nuevas determinaciones de ordenación urbana”.
Sobre una vivienda situada en la parcela 17 se emitió en su momento una sentencia que también apuntaba a la existencia de irregularidades en el edificio al entender que estaba fuera de ordenación ya que no se ajustaba a lo contenido en el PGO de Santa Cruz. Sin embargo otro fallo determinó que debía ejecutarse la demolición del inmueble, al menos en la parte que no cumple con la normativa. “Todo ello para llevar a su puro y debido efecto el cumplimiento de la declaración contenida en la sentencia” emitida entonces.
El caso de la parcela 18 en este ámbito repite casi matemáticamente los mismos perfiles. La licencia se solicitó en el año 1998. Se trataba de una vivienda unifamiliar de tres plantas y sótano y se concedió la correspondiente licencia. Sin embargo poco después se inició un expediente de Disciplina Urbanística para legalizar las obras que no estaban amparadas por la licencia municipal. Por esa misma época se presentó la primera denuncia.
Ya entonces Urbanismo estaba escaldada y alertó que se habían emitido sentencias por casos parecidos que habían concluido ordenando demoliciones. Y es que se comprobó que se habían realizado modificaciones sobre la licencia original. Poco después el Juzgado emite una sentencia que va en el mismo sentido que las anteriores de este ámbito. Así se repite el procedimiento para comprobar si se ha respetado la legalidad y la orden de dejar sin efectos los acuerdos plenarios para legalizar el inmueble.
Paradigmático es también lo ocurrido con la vivienda situada en la parcela 16 de Residencial Anaga. En este caso, la licencia se solicitó en el año 1996 y se trataba de un inmueble de dos plantas con sótano, ocupando una superficie total de 528 metros cuadrados. En principio la Gerencia de Urbanismo concedió la correspondiente licencia. Sin embargo posteriormente se llevaron a cabo unas obras de ampliación que fueron informadas desfavorablemente. De forma paralela se presenta una denuncia ante el Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 que obliga a comprobar la situación del inmueble en cuanto a los muros de contención, alturas, volumetrías y ocupación de la parcela. La propia Gerencia comprobó que efectivamente se había infringido la normativa.
Dos demoliciones por el camino
Dos dolorosas demoliciones son las que se han quedado por el camino en la historia de Residencial Anaga. La primera es la de la vivienda conocida como la casa Roja y la otra, el edificio Mogán. En el primer caso se trataba de un chalet que incumplió determinadas normas en la altura de los muros. Fue denunciado por los vecinos y finalmente los tribunales le dieron la razón. Sus propietarios iniciaron entonces una denuncia pública al considerar que habían sido objeto de discriminación. Lo cierto es que todos los fallos admitieron que efectivamente se concedió en su momento una licencia que luego no se ajustó a las normas de este entorno.
La Gerencia de Urbanismo se comprometió a abonarles una indemnización, pagarles la redacción del nuevo proyecto, les entregó unos 150.000 euros para construir la nueva casa y otra licencia. Curiosamente, aunque todo el mundo daba por hecho que iban a ganar en los tribunales lo cierto es que su incursión en este terreno no resultó demasiado favorable. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) y el Tribunal Supremo (TS) indicaron que la responsabilidad del Ayuntamiento se limitó hasta el momento en el que anunciaron la paralización de las obras. De esta manera la cantidad a abonar era notablemente inferior que si se hubiese tenido en cuenta todo el procedimiento.
En este entorno se situaba también el edificio Mogán que igualmente bloqueaba las vistas de sus vecinos. El Ayuntamiento procedió a su derribo y a través de una sentencia del TSJC le abonó a su propietario más de 300.000 euros a lo que habría que sumar otro tanto de intereses. Esta cantidad, no obstante, resultaba notablemente inferior a los tres millones que reclamaban los propietarios, la empresa Brevala SA pero muy superior a los doscientos mil euros que había calculado el Ayuntamiento. El derribo se hizo efectivo en el año 2006.
Geriátrico
Como un “calvario judicial” definió el propio Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) la lucha que durante años entablaron los vecinos de Ifara en contra de un geriátrico. El Consejo Consultivo de Canarias emitió recientemente su preceptivo informe en el que avala la anulación de las licencias que permitieron la construcción de este edificio por incumplirse las determinaciones del Plan General de Ordenación (PGO) y superarse con creces la edificabilidad. Hasta ahora todas las batallas judiciales han sido ganadas por los vecinos pero de poco ha servido ya que al final las sentencias no se han llegado a cumplir. Por ello el TSJC a principios de año reprochó a la Gerencia de Urbanismo de Santa Cruz por su desinterés en aplicar los fallos judiciales.
Los vecinos han venido defendiendo desde hace años que la mitad del inmueble tendrá que ser demolido y así lo han avalado también los tribunales, informes del propio Ayuntamiento y luego el Consejo Consultivo. En todos los casos se ha determinado que las licencias otorgadas en el año 2003 para construir este inmueble son “disconformes” con el PGO. Con el fin de legalizar el edificio se otorgaron posteriormente otras autorizaciones en 2008 y 2009 que también deben ser anuladas según el Consejo. En caso de concretarse el derribo, el Ayuntamiento de Santa Cruz podría verse obligado a desembolsar cantidades millonarias a la empresa propietaria, Residencias Atlántidas S.A.
Pero cuando parecía que por fin los elementos se ponían del lado de los vecinos desde la Gerencia de Urbanismo se acaba de emitir un informe en el que se viene a decir que el dictamen del Consultivo carece de validez. La abogada interpreta que sería absurdo ir contra una resolución dictada por la propia Gerencia y limita los problemas a la planta alta del inmueble. Pero se niega en todo momento que se pueda hablar de ilegalidad alguna.
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