El director y el jefe de Informativos de la Ser, condenados a prisión

El director y el jefe de Informativos de la SER, Daniel Anido y Rodolfo Irago, respectivamente, han sido condenados por un juez de Madrid a un año y nueve meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de la profesión periodística por revelación de secretos, tras hacer pública una lista de afiliaciones irregulares al PP de Madrid. La cadena ya ha anunciado que recurrirá esta sentencia.

Según informa la Cadena Ser, el Magistrado-juez Ricardo Rodríguez Fernández, titular del Juzgado de lo Penal nº 16 de Madrid, condena también a “inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo” durante el tiempo que dure la pena privativa de libertad impuesta.

Un portavoz de la SER aseguró que la sentencia “causa cuando menos perplejidad y supone un claro atentado contra los principios constitucionales de la libertad de expresión e información y constituye un riesgo sin precedentes para el ejercicio de la profesión periodística”, al tiempo que anunció la presentación del correspondiente recurso.

La condena impone también el pago de una multa diaria de 100 euros durante seis meses y de una indemnización de 5.000 euros para cada uno de los denunciantes. Al establecer la indemnización y la multa, el juez argumenta entre otras cosas que “como datos de suficiencia económica de los acusados podemos reseñar, además de comparecer en el juicio con un letrado de confianza, de libre designación, destaca, fundamentalmente, los importantes cargos directivos que ambos desempeñan en la Cadena SER (...), cargos que si bien desconocemos cuál será su retribución, sin duda será verdaderamente importante”.

La SER señala también que las irregularidades en el proceso electoral interno habían sido denunciadas por escrito en junio de 2003 por dirigentes del propio Partido Popular madrileño, y estaban relacionadas “con la batalla interna que mantenían Esperanza Aguirre y Ricardo Romero de Tejada contra Alberto Ruiz Gallardón”.

Asimismo, asegura que entre las afiliaciones denunciadas como irregulares figuraban los empresarios Bravo y Vázquez, “relacionados posteriormente con el 'Tamayazo' que arrebató la Presidencia de la Comunidad de Madrid al socialista Rafael Simancas”.

La información en internet, a los pies de los caballos

También aclara que el juez dice que la protección constitucional al derecho a la información se refiere a la televisión, radio o prensa escrita, pero que debe matizarse en Internet, argumentando que no es un medio de comunicación social en sentido estricto.

En la documentación de soporte a la información que estaba en poder de la SER figuraban varias cartas firmadas por Pilar Martínez, denunciando los hechos, en los que daba relación de los afiliados.

La Cadena SER explica que difundió esta información sobre las presuntas afiliaciones irregulares, y se centró exclusivamente en las 78 que, según la denuncia interna, eran personas no habían seguido los trámites y de las cuales, muchas de ellas, estaban relacionadas con Bravo y Vázquez; algunas por trabajar en sus empresas y otras incluso por ofrecer como domicilio las propias instalaciones de la empresas de los constructores.

Así, recalca que durante el juicio, celebrado en el juzgado nº 16 de lo Penal de Madrid, el pasado 19 de Octubre, la propia ex presidenta del PP de Villaviciosa de Odón, Pilar Martínez, ratificó los hechos difundidos por la SER, y recordó que se había dirigido al entonces Secretario General Ricardo Romero de Tejada para denunciar los hechos, que tenían como telón de fondo un asunto de corrupción urbanística.

De hecho, advierte de que en la propia sentencia, el juez afirma que “no puede negarse que era un hecho noticiable”, como los reconoció la propia Pilar Martínez “en su declaración en calidad de testigo”, y que los acusados “podían honestamente pensar que, publicando o cediendo para su publicación la lista de los presuntamente afiliados irregularmente, cuya denuncia ciertamente les constaba, informaban a la opinión pública de algo que la misma tenía derecho a conocer”.

Sin embargo, a continuación, según la SER, el magistrado matiza que lo noticiable no era la afiliación al PP de determinadas personas, revelando sus datos, aunque estas fueran presuntamente irregulares, sino la mera de denuncia de la existencia de irregularidades.

La noticia de las irregularidades fue emitida el 17 de Junio de 2003, en la Cadena SER, y en Cadenaser.com se publicó esta información, ampliada con la documentación de soporte, las cartas de denuncia de Pilar Martínez, y la lista de afiliaciones irregulares.

El magistrado considera que la acción de los acusados constituye un delito de revelación de secretos tipificado en el artículo 197 del Código Penal, argumentando que “ordenasen los acusados la publicación de la mentada lista en la página web de la Cadena SER (Cadenaser.com) o la cediesen para su publicación, lo cierto es que se trata de una cesión universal por cuanto tiene acceso a la citada información todo el que la quiera ver; esto es, es libre”.

Asimismo, añade que “la protección constitucional al derecho a la información se refiere a los medios de comunicación social (televisión radio o prensa escrita), pero debe matizarse, que Internet, no es un medio de comunicación social en sentido estricto, sino universal”.

Etiquetas
stats