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El TSJC exime a Puertos de Tenerife de responsabilidad en las pérdidas de los astilleros

Antiguos astilleros en el puerto de Santa Cruz de Tenerife

Noé Ramón

Santa Cruz de Tenerife —

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha eximido a Puertos de Tenerife del pago de 365.000 euros a Interburo España SA, empresa que gestionó los astilleros situados en María Jiménez. Una sentencia firme concluye que el organismo estatal no es responsable de la pérdida de clientes del que se lamenta la concesionaria. La cifra reclamada coincidiría con el déficit sufrido por esta empresa los meses de noviembre y diciembre de 2006, a raíz de que los responsables de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife hicieran declaraciones afirmando que el astillero iba a cesar su actividad.

La compañía llegó a denunciar pérdidas en su negocio de 4,7 millones entre febrero de 2004 y octubre de 2006, aunque una posterior sentencia del Tribunal Supremo (TS) cifró este déficit en 1,5 millones, y descartó que Puertos tuviera que abonarlo. El TSJC recuerda que ya a principios de 2005 se había iniciado el expediente para terminar con la concesión dado el impago del canon establecido desde el año 2000.

En 2004 Puertos inició los trámites para construir la estación de contenedores del Dique del Este y el rescate de la concesión se impulsó a finales de 2006. Es en ese momento cuando comienzan a publicarse en los medios de comunicación informaciones sobre el alcance de unas obras que de hecho ya estaban plasmadas en el Plan de Utilización de Espacios Portuarios (PUEP) aprobado a mitad de 2006, cuya tramitación se había iniciado en 2002.

Por lo tanto el TSJC cree que más allá de las informaciones publicadas, eran ampliamente conocidos los planes a desarrollar en este punto del puerto. Según la sentencia, aunque la empresa soportó un detrimento económico éste no fue tan escandaloso como mantiene. En concreto, las pérdidas no supusieron el cese de la actividad, “sino una reducción que pudo deberse a muchos y diversos factores, entre ellos, el desinterés generado sobre la ubicación de la concesionaria al conocerse los cambios en la terminal”.

El TSJC descarta que estas pérdidas puedan deberse a las filtraciones informativas que se sucedían sobre este proyecto y no cree que exista responsabilidad patrimonial achacable a Puertos. “Los medios de comunicación acudieron por interés general a transmitir la información de las previsiones sobre la terminal que, por otra parte, no se podía esconder a la ciudadanía ya que eran objeto de tramitación en el Plan y en el Proyecto”, indica el fallo judicial. Además, Interburgo tampoco presentó un prueba sólida que sustentara sus manifestaciones.

En su momento, el Supremo obligó a la Autoridad Portuaria a abonar a la concesionaria algo más de 4 millones de euros por el desmantelamiento de los antiguos astilleros. La empresa defendió ante los tribunales que nunca fue necesario eliminar los únicas instalaciones de este tipo que había en la isla y rescatar la concesión, tal y como aparecía reflejado en los planos originales. Por el contrario, los tribunales ratifican que ha quedado acreditado el interés portuario de las obras y la necesidad urgente de ocupación de los terrenos y bienes afectados.

A principios de la pasada década, Puertos estimó imprescindible construir la nueva estación de contenedores dado que la de la Dársena de Los Llanos iba a quedar inoperativa y el grueso de la actividad comercial se desplazaría al puerto de Granadilla. Aunque los tribunales respaldaron la decisión de la Autoridad Portuaria de rescatar esta concesión, sin embargo, lamentan que a la hora de fijar la cuantía de la indemnización no se tuvieran en cuenta algunos valores como el coste de las obras ejecutadas que debían haber sido tasadas según su conservación y antigüedad.

Interburgo inició dos contenciosos en los tribunales; en uno pedía que se le indemnizara con 8 millones por el rescate de la concesión y en el otro que se le pagaran 4,7 millones por el perjuicio originado por las informaciones periodísticas.

Por aquellas fechas los responsables de la Autoridad Portuaria confirmaban el inicio de las obras, lo que según la empresa afectó de forma notable a su negocio. Sin embargo, el TSJC considera lógico que estas noticias se fueran filtrando a los medios de comunicación dada la envergadura del proyecto y que éste venía recogido en el Plan Especial del Puerto.

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