Absuelto de estafa en la venta de viviendas porque el engaño fue “burdo, grosero y esperpéntico”

Imagen de archivo de un piso en venta

Efe

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha absuelto a un hombre, condenado previamente en la Audiencia de Las Palmas a cuatro años de prisión por estafa en la venta de viviendas, al constatar que el denunciante actuó con “desidia, desinterés, de forma negligente y torpemente”, dado que el engaño fue “burdo, grosero o esperpéntico”.

La absolución se justifica en la cantidad de veces que el denunciante entregó importantes cantidades de dinero de forma sucesiva, hasta sumar 246.000 euros, sin recibir nada a cambio y que lo hizo con el señuelo de adquirir inmuebles muy económicos de fondos buitres.

La Sala recuerda que cuando la víctima de una estafa no guarda las mínimas precauciones para no ser engañado, el denunciado puede quedar absuelto, en cuanto que no ha inducido al afectado para hacer lo que no quiere. El fallo incide en que “ni se materializó la compra, ni se devolvió el dinero y muy al contrario las cantidades se incrementaban y las operaciones de estafa se repitieron en seis ocasiones en un año y medio”, por lo que según el TSJC, “cualquier persona mínimamente normal no hubiera caído en el engaño”.

El primer fallo también incluyó una multa de 2.400 euros y la obligación de devolver 146.000 euros al denunciante, al que vendió cinco inmuebles, sin entregar nunca casa alguna ni devolver el dinero. “Fue demasiado dinero en demasiadas entregas sucesivas y demasiado tiempo para entender que el denunciante no percibió que estaba siendo engañado”, por lo que podría haber “intereses de otro tipo” en unas operaciones “sin signo de realidad”, indica el TSJC.

El acusado conoció al denunciante a finales de 2020 y tras hacerse pasar por un agente inmobiliario con gran experiencia le ofreció la venta de un bungalow en la localidad de El Cotillo por 50.000 euros, para lo que recibió la correspondiente transferencia.

Poco después, en enero de 2021, le ofreció comprar cuatro pisos en Sardina del Sur y pidió que le enviara 60.000 euros, a lo que accedió, al igual que ocurrió en marzo, cuando le remitió 46.000 euros para adquirir unos pisos en Santa Cruz de Tenerife.

En junio de ese año el denunciante entregó al acusado un cheque por valor de 48.000 euros con la excusa de que el procesado necesitaba liquidez para hacerse con una casa y a continuación en febrero de 2022 le ofreció la posibilidad de invertir 42.000 euros en unos apartamentos en Costa Calma, Fuerteventura.

El TSJC refleja que en ninguna de las ocasiones, pese a haber recibido el dinero, se llegó a formalizar compraventa alguna y sólo tras el anuncio de acciones judiciales en su contra el procesado devolvió 100.000 euros, lo que permitió aplicar la atenuante de reparación del daño.

Pese a reconocer que en el ánimo del procesado se encontraba el factor codicia, también se indica que el estafado buscaba adquirir inmuebles de fondos buitres a precios muy bajos.

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