CASO LA BUFONA
Las contradicciones sobre el enésimo retraso en la causa penal que afecta al chalé de la alcaldesa de Arrecife
La causa penal de La Bufona, que juzga la construcción de la urbanización del mismo nombre, en Arrecife, sobre terrenos que no eran propiedad de la promotora y con chalés asentados, en parte, en suelo protegido, sumó entre abril de 2021 y mayo de 2022 un nuevo capítulo en su largo historial de retrasos y dilaciones.
El procedimiento estuvo completamente paralizado durante ese año. En la primera fecha asumió el caso la magistrada Margarita Gómez, con plaza en el Juzgado de lo Penal 1 de la capital de Lanzarote y sustituta (por abstención de su titular) en el 3, donde se sustancia ahora este proceso judicial. Más de doce meses después, el pasado 2 de mayo, la jueza dictaba un auto para admitir las pruebas solicitadas por la Fiscalía, la defensa de los procesados y los propietarios de viviendas, entre los que se encuentran la actual alcaldesa de Arrecife, Astrid Pérez (Partido Popular), o el fiscal Miguel Pallarés. Los dueños de esos chalés estarán personados como responsables civiles subsidiarios en el juicio -el segundo- que se celebrará el próximo mes de noviembre, ya que entre las penas solicitadas está la demolición de las obras ilegales.
Ante una queja formulada por Gonzalo Murillo, denunciante del caso y propietario de terrenos donde se construyeron esas viviendas, la Diputación del Común se dirigió a la magistrada para pedir explicaciones. La respuesta a la institución llegó el pasado 26 de mayo. En su escrito, Margarita Gómez señala que no aprecia retrasos “desproporcionados ni indebidos” en la tramitación de las actuaciones con “la salvedad” de los diez meses que transcurrieron entre julio de 2021 y mayo de 2022.
“La demora obedece, según me ha sido comunicado, a no haber estado cubierta la plaza de funcionario encargado de su tramitación por encontrarse de baja por un largo periodo, sin que, según se me informa, fuere nombrado un sustituto ni repartidos los asuntos a otra persona, con la consiguiente paralización de las causas, disfunción ya solventada”, explica la jueza en su contestación a la Diputación del Común.
A la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia del Gobierno de Canarias, competente en materia de sustituciones de personal en los juzgados, no ha llegado el escrito de la magistrada ejerciente en Arrecife. Sin embargo, según explica su titular, Mónica Ceballos, en 2021 hubo tres bajas de larga duración de funcionarios adscritos al Juzgado de lo Penal 3 de la capital lanzaroteña y todas se cubrieron “en tiempo y forma”. “Normalmente, se tarda unos dos meses en tramitar el procedimiento de sustitución y, en estos casos, se cumplieron”, afirma la directora general.
Fuentes sindicales consultadas por este periódico confirman que una funcionaria de ese órgano judicial permaneció durante diez meses en situación de incapacidad temporal, pero precisan que su baja se cubrió en menos de 40 días. Según explica Ceballos, lo habitual en estos casos es esperar un mes para “conocer que la baja es de larga duración” (aunque ese tiempo se está intentando reducir, aclara) y, posteriormente, tramitar el procedimiento de sustitución, que está reglamentado y que obliga a “realizar una convocatoria, publicar en la intranet de Justicia que hay una vacante temporal, dar un plazo para la presentación de las solicitudes por parte de los interesados y resolver y asignar a esa persona las funciones de manera temporal”.
Estas sustituciones pueden ser horizontales (entre funcionarios del mismo cuerpo -auxilio judicial, tramitador procesal y gestor procesal-) o vertical, entre diferentes cuerpos, una opción que se ha establecido recientemente y que era una vieja aspiración sindical. “Ahora estamos en unos dos meses para sustituir una baja de larga duración”, dice.
Preguntada por este periódico acerca de la respuesta del Gobierno de Canarias sobre la cobertura de esa baja, discordante con lo que figura en el escrito que remitió a la Diputación del Común, la jueza Margarita Gómez se ha limitado a trasladar, a través del Gabinete de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que en ese informe consignó “exacta y únicamente” la información que le facilitó “el Juzgado de lo Penal número 3” de Arrecife, donde se tramita el procedimiento.
En ese informe, la magistrada también precisa, a modo de preámbulo, que son los letrados de la Administración de Justicia (antiguos secretarios judiciales), funcionarios dependientes del Ministerio, quienes ostentan la dirección de la oficina judicial y, por tanto, los encargados de impulsar los procedimientos y los competentes para “organizar, gestionar, inspeccionar y dirigir al personal” en aspectos técnicos procesales.
Como el escrito de la Diputación del Común pidiendo información sobre el procedimiento de La Bufona se dirige a ella, la jueza recalca, antes de aportar los datos solicitados, que lo hace después de que la letrada de la Administración de Justicia haya “tomado conocimiento” del requerimiento del organismo público.
Más de 22 años de vicisitudes
Más allá de esas explicaciones contradictorias sobre la responsabilidad de las distintas partes implicadas, lo cierto es que el procedimiento estuvo prácticamente un año paralizado. En el caso de La Bufona están procesados el arquitecto Federico Echevarría y el constructor Antonio Caro, dos de los promotores de la urbanización. El tercero, Francisco Carmona, que fue encargado del catastro municipal, falleció durante la instrucción de la causa original, que se inició hace más de 22 años con una denuncia del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil.
A finales de 2015 se celebró el primer juicio. La Fiscalía solicitaba en su escrito de acusación, presentado a finales de 2011, cuatro años de cárcel para los promotores de la urbanización por un delito continuado contra la ordenación del territorio, por haber construido sobre suelo rústico de protección de jable, y otro de desobediencia grave contra la autoridad, por continuar las obras después de decretarse su paralización.
El Juzgado de lo Penal 3 de Arrecife condenó a los acusados a seis meses de prisión por el primero de los delitos. La pena se redujo por el atenuante de dilaciones indebidas. La sentencia incidía en que, “pese a la complejidad de la causa”, no se justificaba “en modo alguno” su paralización durante cinco años y siete meses. Entre otras vicisitudes ocurridas durante la instrucción, el fiscal Carlos Fernández Seijo tardó más de 500 días en contestar un recurso porque traspapeló y olvidó la documentación. Esta demora no tuvo repercusiones disciplinarias para el representante del Ministerio Público porque la Inspección de la Fiscalía General del Estado determinó que los hechos habían prescrito, si bien advirtió de que podían ser constitutivos de una falta grave.
Un año después de la primera sentencia, en febrero de 2017, la Audiencia de Las Palmas rebajaría aún más la condena, hasta los dos meses de prisión sustituibles por una multa de 1.200 euros, tras aplicar la atenuante “muy cualificada” de dilaciones indebidas y reducir un grado más una pena que la propia resolución califica de “puramente simbólica, por no decir ridícula” y atribuye, precisamente, a esos “extraordinarios” retrasos en la instrucción.
La causa penal, sin embargo, no acabaría ahí. En julio de 2018, la Audiencia de Las Palmas anuló el juicio celebrado en 2015 por una cuestión formal, ya que a los propietarios de las viviendas no se les había dado la oportunidad de personarse como responsables civiles. El auto explicaba que se les había privado así de la posibilidad de expresar su posición como “perjudicados”, puesto que la sentencia condenatoria obligaba, además, a demoler las partes de los chalés construidas sobre suelo protegido. En el caso de la actual alcaldesa de Arrecife, Astrid Pérez, la orden de derribo parcial, dictada por la Agencia de Protección del Medio Natural de Canarias hace casi una década, es firme, puesto que nunca fue recurrida por la dirigente del PP.
En diciembre de 2020, dos años y medio después de la anulación del juicio y la devolución de las actuaciones al instante en el que se encontraban en 2011, la fecha en la que formuló su escrito de acusación la Fiscalía, se abrió el procedimiento abreviado. La jueza María Luisa Moreno, titular del Juzgado de lo Penal 3 de Arrecife, se abstuvo y la titular del Juzgado de lo Penal 1, Margarita Gómez, asumió las actuaciones en su sustitución. También la fiscal jefa de Las Palmas, Beatriz Sánchez, se abstuvo, por lo que se designó a María Farnés Martínez, su homóloga en la provincia de Santa Cruz de Tenerife.
Desde julio de 2021 no hubo ninguna actuación procesal hasta que el pasado 2 de mayo la jueza dictó un auto en el que admitía las pruebas solicitadas por la Fiscalía, la defensa y los propietarios. Nada dice ese auto de las pruebas solicitadas por la acusación particular que ejerce el propietario de los terrenos, Gonzalo Murillo, que sostiene que los dueños de las viviendas debieron ser llamados como responsables penales y no civiles, ya que, según afirma, figuran como promotores de las obras ilegales realizadas en suelo protegido.
Antes de acudir a la Diputación del Común, Murillo había denunciado el retraso ante el fiscal superior de Canarias, Luis del Río, que fue quien informó al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Juan Luis Lorenzo Bragado, de que no se había acordado nada en ese procedimiento desde abril de 2021. El TSJC abrió un expediente gubernativo y, a principios de junio, el juez decano del partido judicial de Arrecife, Adalberto Cruz, dio a la jueza un plazo de diez días para que remitiera un informe sobre esta causa. “Los delitos ya reconocidos serían lo de menos, siendo lo más importante las negligencias cometidas en la instrucción de la causa y los retardos injustificados”, asevera el denunciante. El segundo juicio se celebrará en noviembre.
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