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Suspendido el juicio contra el principal imputado del caso Unión por perjudicar a familiares

Luis Lleó, principal imputado del caso Unión, en el juicio por administración desleal de una empresa familiar. (ALEJANDRO RAMOS)

Iván Suárez / Saúl García

Las Palmas de Gran Canaria —

El juicio contra el abogado Luis Lleó, principal imputado del caso Unión, por un presunto delito de administración desleal de una empresa familiar, ha sido suspendido este martes por la ausencia, uno por incomparecencia y otros por falta aparente de citación, de testigos que tanto la defensa como la Fiscalía consideran claves en el procedimiento. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha fijado para los días 17 y 18 enero de 2017 la celebración de la vista.

El Ministerio Público pide cuatro años de cárcel para Luis Lleó, mientras que la acusación particular, ejercida por sus antiguos socios Jaime y Aday Lleó, hermano y sobrino del acusado, solicita trece años al añadirle al delito de administración desleal los de falsedad en documento societario, obstrucción al ejercicio de los derechos de los socios y apropiación indebida.

Los familiares del abogado y empresario reclaman también la devolución de la cantidad que perdió la sociedad que administraban junto a él, Consultores y Asesores Legales Lleó SL, en dos operaciones con Bancaja auspiciadas por el procesado, además de una multa de más de 70.000 euros.

El fiscal Miguel Ángel Hernández sostiene que Luis Lleó utilizó esta empresa familiar, que gestionaba y sobre la que adoptaba todas las decisiones económicas, para causar un perjuicio a sus socios y obtener liquidez para financiar negocios en otras sociedades que administraba. Para ello se aprovechó de dos pólizas de descuento -una por 104.000 y otra por 600.000 euros- firmadas a través de Consultores y Asesores Legales Lleó SL con Bancaja en 2007. Este tipo de líneas de créditos permite a las empresas cobrar por adelantado el importe de los pagarés, aunque la entidad financiera percibe una comisión que varía en función del riesgo de la operación.

Con estas pólizas de descuento, Lleó emitió once pagarés a nombre de Residencial Costa Roja y Residencial Playa Honda, de las que era liquidador y apoderado, respectivamente, para cobrarlos a través de la línea de crédito abierta por la sociedad familiar y hacer transferencias de forma inmediata a las dos mencionadas mercantiles. Lleó también dispuso de 1,4 millones por servicios que no había prestado a Consultores y Asesores Legales en favor de siete de sus empresas. Según el fiscal, el perjuicio ocasionado por Lleó a sus socios asciende a 44.000 euros, que es la cifra que recibió Bancaja en concepto de “gastos de descuento” de los pagarés.

Los antiguos socios de Lleó, que se desvincularon de la empresa en 2008, le acusan de falsear y manipular las cuentas con una supuesta factura de casi un millón de euros que suponía en realidad un crédito a su favor y una deuda para la mercantil generada por prestar un servicio como letrado para una empresa de abogados de la que él mismo era socio. Para la acusación, se da además el agravante de abuso de confianza, ya que esta operación se habría realizado cuando el sobrino de Luis Lleó, Aday, estaba ingresado en el hospital tras sufrir un accidente de tráfico.

Testigos no citados

En la vista de este martes, la defensa de Luis Lleó interesó la suspensión del juicio que debía celebrarse este martes y el miércoles en la Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria porque tres de los testigos propuestos no habían sido citados a comparecer en la vista. Se trata del abogado Manuel Matamoros, el economista Jerónimo Campón y el ex director de Bancaja en Arrecife Ginés Rodríguez. Los dos primeros, propuestos por la defensa, participaron, según reflejaba la UCO en uno de sus informes del caso Unión, en el asesoramiento jurídico-fiscal sobre la mercantil Residencial Costa Roja, que habría cometido varias irregularidades fiscales, y en el que también participaron dos letrados del Tribunal Constitucional. Ginés Rodríguez era el director de la entidad financiera que concedió varios créditos millonarios al procesado.

En el caso de Matamoros, la letrada de la Administración de Justicia explicó que había emitido una providencia en la que solicitaba a la defensa que facilitara una nueva dirección para que le fuera notificada la citación, ya que no había sido posible hacerlo en la proporcionada en un principio. El abogado de Lleó afirmó que no se le había dado traslado de esta providencia. Por su parte, a la acusación particular le sorprendió que no se hubiera localizado a Campón, ya que comparte oficina con otra de las testigos, María Isabel Ruiz, que sí había sido citada. En relación a Ginés Rodríguez, la letrada de la Administración aclaró que este mismo lunes tuvo conocimiento de la dirección del nuevo domicilio del ex director de Bancaja, por lo que no había habido tiempo de hacer las gestiones oportunas.

La defensa también se opuso a que la testigo María Isabel Ruiz, contable de la empresa familiar de Lleó, compareciera por videoconferencia, al entender que le generaba una indefensión “efectiva”, puesto que la falta de medios materiales impedía que se le pudiera mostrar la “numerosa documentación” para su cotejo y ratificación. Esta testigo no compareció en los juzgados de Arrecife, por lo que la Sala, presidida por el magistrado Pedro Herrera, propuso imponerle una multa de 700 euros, con la posibilidad de alegar y justificar esta ausencia en un plazo de cinco días.

El fiscal Miguel Ángel Hernández también interesó la suspensión del juicio, ya que de los cinco testigos que propuso, dos eran parte interesada en el proceso (familiares o querellantes) y, de los otros tres, dos no comparecerían por distintos motivos (María Isabel Ruiz y Ginés Rodríguez). La acusación particular se opuso a esta pretensión, alegando una “animadversión mutua” hacia el ex director de Bancaja, que ya había prestado en la fase de instrucción una declaración que “no había sido impugnada”. También propuso llamar por teléfono a la otra testigo, la contable de la empresa familiar que no había comparecido, requerimiento que fue rechazado por los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial. Tampoco aceptaron su petición de que se “tacharan” algunos testigos propuestos, una opción que tiene cobertura en el enjuiciamiento civil, pero no en el penal.  

Debido a la suspensión del juicio, la Sala acordó que se incorporara al procedimiento documental que había sido presentada por la defensa este mismo lunes y que no había sido trasladada a las partes, sin perjuicio de la valoración posterior sobre su validez. La acusación particular se había opuesto a su aprobación.

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