El Consultivo tilda de inconstitucional parte de la modificación de la Ley de Renovación y Modernización Turística

Vista aérea de la playa de Las Burras, del sur de Gran Canaria.

Canarias Ahora

Las Palmas de Gran Canaria —

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El Consejo Consultivo de Canarias considera inconstitucionales y nulos algunos de los apartados que regulan el alquiler vacacional en el proyecto de ley que modifica la Ley de Renovación y Modernización Turística de Canarias.

En concreto, en su dictamen, que fue registrado por el Parlamento regional el 12 de marzo, se considera contrario al orden constitucional de distribución de competencias el inciso final del artículo 46-bis, que excluye a las viviendas de arrendamiento urbano de la posibilidad de acogerse al alquiler vacacional.

También estima inconstitucional el apartado referido al necesario acuerdo de la junta de propietarios para poder comercializar turísticamente una vivienda. Además, el órgano aprecia que al aceptar determinadas enmiendas al proyecto de ley, que regula con carácter de totalidad una materia nueva como es el alquiler vacacional, introduce una “distorsión importante” en la iniciativa original, que no tenía ese objetivo.

El Consultivo avisa que la ley es “incompleta” en la fijación de los criterios sobre el planeamiento insular y municipal, achacándole una “excesiva generalidad” porque en los planeamientos caben muchas herramientas, y posibles situaciones de “inseguridad jurídica” si se utilizan ordenanzas insulares provisionales.

En esa línea, expone que no queda clara la capacidad de carga que se quiere limitar sobre el territorio, ni si afecta a todos los establecimientos alojativos o solo a las viviendas vacacionales.

En cuanto a las viviendas en régimen de propiedad horizontal, el informe sostiene que la Comunidad Autónoma no tiene competencias para regular los acuerdos tomados por la propiedad, que es materia civil, al tiempo que admite la modalidad de alquiler vacacional en los inmueble ya liberados de algún régimen de protección.

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