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El juez Acayro recurre la ejecución de su condena porque el Supremo aún no le ha notificado la sentencia

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La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Supremo ha iniciado el proceso para ejecutar la sentencia que condena al juez Luis Acayro Sánchez Lázaro a diez años de inhabilitación antes de haberle notificado la sentencia. Esta circunstancia ha provocado que el afectado haya presentado un recurso de súplica para paralizar su ejecución hasta disponer oficialmente del documento cuyo contenido conoce, desde hace ocho días, únicamente a través de lo que han publicado los medios de comunicación.

El auto que inicia el proceso de ejecución de la pena impuesta tiene fecha del 11 de julio, tres días después de que se conociese públicamente la sentencia “y pese a no haber sido la misma notificada personalmente al señor Sánchez Lázaro”.

Una vez abierto el proceso para cumplir la condena de diez años de inhabilitación que le aparta definitivamente de la carrera judicial, su procurador ha recibido esta misma mañana el documento. Apenas dos horas después ha presentado un recurso de súplica para paralizar la ejecución al menos hasta que le sea notificada al condenado. El escrito considera que, por tanto, esa resolución no es conforme a derecho y pide la revocación del auto y que se deje sin efecto hasta que se notifique oficialmente al interesado. Máxime tratándose de una sentencia que no se limita a confirmar la de instancia -explica- “sino que dicta una nueva sentencia ”con alteración de los pronunciamientos iniciales“.

La celeridad de la ejecución de la condena impide, entre otras cuestiones, la posibilidad de plantear un incidente de nulidad. Un recurso legal excepcional que se utiliza para impugnar una sentencia judicial cuando el afectado considera que se ha producido una vulneración de derechos fundamentales, se plantea ante el mismo tribunal que dictó la sentencia y busca dejar sin efecto la resolución. Por ello, siempre transcurre un plazo entre la firma de la sentencia y el inicio de su ejecución que asegura los derechos del afectado.

3 magistrados contra 2 votos particulares

El Tribunal Supremo expulsó de la carrera judicial y condenó a diez años de inhabilitación al magistrado Luis Acayro Sánchez por “prevaricación judicial”, al considerar que solicitó injustamente información en perjuicio de un abogado sobre los contratos menores que mantenía con un ayuntamiento cántabro, unos hechos que se produjeron en 2018. Tres años después, el Colegio de la Abogacía de Cantabria recuperó la queja que en su día había presentado el afectado y presentaron conjuntamente una querella contra Acayro.

La sentencia del Supremo, que dobla la pena inicial que recurrió el afectado, se resuelve con tres de los cinco votos de los magistrados. Dos de ellos, Antonio del Moral y Leopoldo Puente, han emitido votos particulares que defienden su absolución. Los tres magistrados favorables a la condena son Vicente Magro, Ana María Ferrer y Andrés Martínez Arrieta.

La defensa del juez que durante años estuvo implicado en la lucha contra la corrupción urbanística en Cantabria anunció que recurrirá esta decisión ante el Tribunal Constitucional. El magistrado lleva tres años suspendido cautelarmente de sus funciones como titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santander, desde el 15 de junio de 2022, cuando se dictó apertura de juicio oral.