El Ayuntamiento de Palencia recurrirá ante la Audiencia Nacional el auto del Contencioso Administrativo que inadmite el recurso municipal contra las obras de alta velocidad hacia Cantabria en el norte de la ciudad -alegando que debió ser el pleno y no la alcaldesa quien autorizara la acción judicial- al entender el Consistorio que la regidora estaba plenamente facultada para hacerlo.
En base al informe elaborado por la secretaria general y los informes que maneja el ayuntamiento de Palencia “nuestro convencimiento es que el juez se equivoca”, ha manifestado este viernes el concejal de Urbanismo de Palencia, Álvaro Bilbao.
Así ha respondido a los periodistas en relación con el auto dictado el pasado 11 de noviembre por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Madrid inadmitiendo el recurso presentado por el Ayuntamiento para dejar sin efecto, anular, revocar o modificar el proyecto de construcción del tramo Palencia–Palencia Norte de la línea de alta velocidad hacia Cantabria, en concreto las obras de construcción de un viaducto o salto de carnero de 14 metros de altura que se iniciaron en 2023.
De entrada, el concejal ha cuestionado que el juez haya tardado más de un año y medio en responder al recurso contencioso administrativo que presentó el Ayuntamiento de Palencia el 23 de febrero de 2024 impugnando el proyecto de construcción en el tramo Palencia-Palencia Norte por entender que no se ajusta al Estudio Informativo de integración de ferrocarril en la ciudad de Palencia.
El auto del contencioso estima las alegaciones previas formuladas por la Abogacía del Estado en nombre de ADIF y declara que el Ayuntamiento “no ha acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos a las entidades locales para entablar acciones judiciales”, al considerar que el acuerdo de interposición del recurso no fue adoptado por el órgano competente, ya que debió hacerlo el pleno del Ayuntamiento y no la alcaldesa. “Por qué el juez ha tardado más de un año y medio, si en este caso estaba tan seguro”, se ha preguntado Bilbao. “Año y medio para inadmitir la demanda, como mínimo es muy raro”, ha añadido el concejal.
También ha querido señalar que en este momento no hay ningún tipo de jurisprudencia que hable de una demanda entre una administración local, en este caso un ayuntamiento, contra otra administración, Adif, en relación con la aprobación de un proyecto constructivo que no cumple un estudio informativo. “Es una cuestión nueva para los juzgados”, ha querido señalar el concejal.
Un argumento que le ha servido para explicar que el auto judicial del Contencioso Administrativo diciendo que inadmitía el recurso del ayuntamiento de Palencia por falta de competencia, alegando que la competencia de aprobación definitiva del planeamiento urbanístico en este caso es del pleno, no se sostiene. El Ayuntamiento de Palencia no plantea en su recurso un problema de planeamiento urbanístico conforme a la Ley de Urbanismo de Castilla y León y el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.
Lo que se plantea, ha aclarado el concejal, es un problema con el control de las obras que se hacen en función de la Ley del Sector Ferroviario y si esas obras que se están ejecutando cumplen los estudios informativos aprobado en 2010 y 2018.
“Estamos hablando de un control en el uso del suelo que es una competencia residual que tiene la alcaldía”, ha apuntado Bilbao quien ha insistido en que ya antes de interponer el recurso (en febrero de 2024) la secretaria general del Ayuntamiento y el informe que elaboró un experto externo indicaron claramente que la competencia era de la alcaldesa.
“La secretaria general antes de hacer ese requerimiento entre administraciones tiene que justificar si la competencia es o no de la Alcaldía, y ya entonces la secretaria general dijo que la competencia era de la alcaldesa, ese catedrático también dijo que la competencia era de la alcaldesa y nos sorprende ahora ver este auto”, ha resumido Bilbao.
Por todo ello, el Ayuntamiento de Palencia, en base a un nuevo informe de la secretaria general, va a apelar ante la Audiencia Nacional al entender que “el juez se equivoca porque la competencia es residual de la alcaldesa y nada tiene que ver que el ayuntamiento informe si una obra cumple o no un estudio informativo ya aprobado, con el planeamiento urbanístico”.
Además ha recordado que algo similar pasó con el recurso que presentó Ecologistas en Acción en la misma línea —en un procedimiento paralelo que ahora está en la Audiencia Nacional— y también entonces la Abogacía del Estado defendió que no eran competentes o no tenían la capacidad para ser parte en el procedimiento.
“Esperamos que la Audiencia Nacional nos dé la razón y que vuelvan a instruir el procedimiento”, ha confiado Bilbao.