La Justicia no permite que los celadores de Medio Ambiente de Castilla y León sean jefes de extinción de incendios

La Justicia anula parte de Orden de de guardias del operativo de prevención y extinción de incendios forestales de Castilla y León y prohíbe que los celadores de Medio Ambiente sean jefes de extinción de incendios, según se publicó la semana pasada en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl). El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha estimado parcialmente las reivindicaciones de la Asociación Profesional de Agentes Medioambientales de Castilla y León (Apamcyl, integrada en el sindicato Uscal) y ha prohibido que los celadores de Medio Ambiente puedan hace guardias de incendio ni actuar como jefes de extinción en los incendios, como pretendía el equipo de Suárez-Quiñones.

La Orden regulaba las guardias del personal que participa en la campaña durante todo el año. Los agentes mediomabientales son los jefes de extinción de todos los incendios que no superan las 30 hectáreas (los conatos), una tarea que asume un ingeniero de montes a medida que aumenta el nivel de peligrosidad. “Para hacer esa dirección de extinción es necesario ser agente de la autoridad y tener la condición de funcionario. La Junta se lo estaba atribuyendo a celadores, que tienen funciones de vigilancia en reservas de caza, y que son personal laboral. Tampoco puede haber un ingeniero contratado que ejerza de jefe de jornada o de técnico de guardia, porque no es personal funcionario”, reivindica el presidente de Apamcyl, Esaú Escolar.

Esta es una de las medidas de 2024 con las que el Ejecutivo autonómico pretendía estructurar el operativo contra incendios, y que ha estado en vigor durante el pasado verano, en el que se quemaron 143.880 hectáreas. Desde el sindicato profesional reclaman que ser jefe de extinción solo atañe a los agentes medioambientales, pero consideran que los celadores pueden realizar guardias de logística, de apoyo, otras funciones en el Puesto de Mando Avanzado (PMA), pero no las funciones de jefe de extinción. “Si la Junta de Castilla y León no tiene personal suficiente, que contrate, pero no puede intentar suplirlo con una figura que no tiene potestad”, manifiesta Escolar en declaraciones a elDiario.es.

Apamcyl también recurrió la Orden del Ejecutivo autonómico porque no estaba de acuerdo en el número de guardias asignadas a cada comarca, puesto que lo consideraban “totalmente insuficientes”. Sin embargo, ahí la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ no les dio la razón porque asignar el número de guardias es una potestad de la Administración. El Alto Tribunal autonómico ha decidido no imponer costas a ninguna de las partes.

Esta sentencia se produce en un momento marcado por la fuerte conflictividad social en Medio Ambiente, con varias leyes que se quedarán sin tramitar ante el fin de legislatura: La ley para la creación del Cuerpo de Agentes Medioambientales (registrada por UPL y Soria ¡YA!, impulsada por el sindicato CSIF) y la Ley de servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento.