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El Parlamento lleva a Fiscalía la incomparecencia de ministros y policías en la Comisión Pujol

El ex-tesorero del PP Luis Bárcenas intervino por videoconferencia en la Comisión Pujol / Foto PARLAMENT

Siscu Baiges

Barcelona —

La Mesa del Parlamento de Catalunya ha aprobado este martes el traslado al Ministerio Fiscal de las incomparecencias de dos ministros, el jefe del gabinete del presidente español y los responsables del Centro Nacional de Inteligencia, la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal, la Policía Nacional y la Inspección de la Agencia Tributaria, en la comisión de investigación sobre el fraude, la corrupción y la evasión fiscal. La Mesa asume así la petición formulada por la Comisión de Investigación tras constatar en tres ocasiones que las personas mencionadas se negaban a comparecer en la conocida como comisión Pujol. Sólo el PP se ha opuesto, tanto en la Comisión como en la Mesa, a la adopción de esta medida.

Es la primera vez que el Parlamento catalán opta por trasladar a la Fiscalía las incomparecencias en una comisión de investigación. El presidente de la Comisión Pujol, David Fernández, había anunciado, en diferentes ocasiones, su voluntad de impulsar esta iniciativa, que ya se había insinuado en las dos últimas convocatorias que se enviaron a los ministros, policías y funcionarios que se han resistido a contestar las preguntas de los diputados de la Comisión.

Las siete personas afectadas han justificado su actitud aduciendo dictámenes del Consejo de Estado que, a su entender, les eximen de comparecer. El 6 de febrero de 2003, el Consejo de Estado emitió un dictamen que afectaba las comparecencias en la comisión de investigación por el caso Prestige en el Parlamento de Galicia. Según el Consejo de Estado, “la comisión no tiene potestad para requerir la comparecencia de autoridades, funcionarios o agentes de la Administración General del Estado ni la documentación referida a la ejecución de funciones de su competencia”. El 26 de julio de 2013 y el 28 de febrero de 2013, el Consejo de Estado dictaminó de forma coincidente cuando las Cortes valencianas pretendían convocar a la comisión de investigación de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) al ex-presidente de la Comisión Nacional del Mercado Valores y diferentes cargos del Banco de España y del FROB.

El Parlamento valenciano llevó las incomparecencias al ministerio Fiscal, que consideró que no había delito. Lo hizo basándose en el artículo 502 del Código Penal. Este artículo dice que “las personas que, habiendo sido requeridas en forma legal y bajo apercibimento, dejaran de comparecer ante una Comisión de Investigación de las Cortes Generales o de una Asamblea Legislativa de Comunidad Autónoma, serán castigados como reos del delito de desobediencia”.

En cambio, Silvia Doménech, letrada del Parlamento de Navarra, consideró, el 27 de febrero pasado, en un dictamen sobre la comparecencia de varios funcionarios públicos dependientes del Ministerio de Hacienda en la comisión de investigación del caso CAN (Caja de Ahorros de Navarra), que, atendiendo a la legislación navarra, las personas convocadas debían asistir. Doménech recordaba en este dictamen que si no comparecían podían incurrir en delito de desobediencia, que el Código Penal castiga, en el caso de las autoridades y funcionarios públicos, a la pena de suspensión del cargo por un tiempo de seis meses a dos años.

El Estatuto de Catalunya, en su artículo 59, se limita a decir que las personas requeridas por una comisión de investigación del Parlamento “deben comparecer obligatoriamente”.

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