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Minuto a Minuto
— MINUTO A MINUTO | La crisis de Catalunya

OPINIÓN | Condición sine qua non

12 septiembre 2017 - 15:35 h

La celebración de un referéndum en Catalunya, a fin de que los ciudadanos de dicha comunidad manifiesten su voluntad de mantener su integración dentro del Estado español o de constituirse en Estado independiente, se ha convertido en una condición sine qua non para que la competición política pueda desarrollarse con arreglo al canon de lo que se considera que es una competición democrática en cualquier país civilizado.

Es verdad que al constituyente español de 1978 no se le pasó siquiera por la cabeza que pudiera llegar a celebrarse un referéndum, a fin de que Catalunya y País Vasco pudieran independizarse. En esto el presidente del Gobierno tiene razón. Lo que ocurre es que, para tratar de evitar que tal eventualidad pudiera llegar a plantearse, fue para lo que se diseñó en la Constitución la vía de acceso a la autonomía de las “nacionalidades” que “en el pasado hubiesen plebiscitado afirmativamente proyectos de Estatutos de autonomía”, que consistía en el pacto entre los Parlamentos de dichas comunidades y las Cortes Generales, que posteriormente sería sometido a referéndum.

El pacto entre el Parlamento de Cataluña y las Cortes Generales y el referéndum de los destinatarios del pacto es la Constitución Territorial de 1978. Dado que la reforma de esta Constitución Territorial exigía la renovación del pacto entre los dos Parlamentos y la ratificación del mismo en referéndum, el constituyente consideró que jamás se plantearía la convocatoria de un referéndum de independencia. El proceso diseñado en la Constitución para la aprobación y reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña garantizaba que así sería.

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