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Renta vitalicia: qué debes saber si piensas en contratar una

Las manos de un hombre escriben en el teclado del ordenador

Cristian Vázquez

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La expresión “renta vitalicia” suena a lo que tantas personas querrían tener: una utilidad o beneficio económico que se extienda por el resto de su vida. En sus rasgos más generales, el producto financiero llamado así ofrece precisamente eso. Pero cuenta también con una serie de particularidades a las que conviene poner mucha atención.

Se trata de un seguro de ahorro que está en auge desde hace algunos años. En un primer momento, una persona entrega a una empresa una cantidad importante de dinero: un capital. Luego, a partir de cierta fecha, la empresa comienza a dar a esa persona cantidades de dinero, de forma periódica y hasta el momento de su muerte.

¿De cuánto dinero estamos hablando? Para tener una idea: según un informe realizado por el estudio de Asesores Financieros Internacionales, un hombre de 67 años debería aportar un capital inicial de casi 55.500 euros para recibir -durante el resto de su vida- unos 345 euros cada mes.

Para una mujer de la misma edad, la prima inicial debería ser bastante mayor - algo más de 71.300 euros- para recibir igual mensualidad. Y es que la esperanza de vida de las mujeres es mayor que la de los hombres. Esa es la principal variable en función de la cual se efectúan estos cálculos, además del capital inicial y las tasas de interés.

Tales números indican que, para “recuperar” todo el dinero invertido al contratar el producto, un hombre debería vivir hasta los 80 años y una mujer hasta los 84. Unas cifras cercanas a las de la esperanza de vida en la actualidad, de acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Estadística.

La empresa aseguradora asume el riesgo de tener que seguir pagando la mensualidad, como se ha indicado, durante el resto de la vida del cliente, sin importar cuántos años más sean. Esa es una de las ventajas de una renta vitalicia. Hay más, las cuales se detallan a continuación.

Ventajas de contratar una renta vitalicia

La renta vitalicia genera intereses. Es otra de las razones por las cuales convendría contratar una y no, por ejemplo, tener una cuenta corriente (o incluso guardar el dinero en casa) e ir usándolo poco a poco. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la rentabilidad de este producto en general es muy baja: entre el 1% y 1,5% anual.

Quizá la mayor ventaja de contratar una renta vitalicia radique en sus beneficios fiscales. Sucede que, en muchos casos, la prima inicial para contratarla surge de la venta de una propiedad, a menudo una vivienda que no es la habitual.

Cuando se vende una casa o un piso, si existe ganancia patrimonial (es decir, si se vende por más dinero que el que se invirtió al comprarla), hay que pagar el impuesto a la renta de las personas fícias (IRPF). Un tributo que puede equivaler a varios miles de euros.

Pero, si dentro de los seis meses posteriores a la venta se contrata una renta vitalicia, la transacción queda exenta del pago del IRPF. Eso sí: este beneficio solo alcanza a las personas mayores de 65 años y a una prima inicial de hasta 240.000 euros. Si la venta supera esa cifra, corresponde pagar IRPF por el excedente.

Otra ventaja fiscal de este producto es que no tributa como renta del trabajo sino como rendimiento del capital mobiliario. Esto también favorece a las personas mayores, pues el porcentaje del impuesto se reduce con la edad: comienza con un 40% para los menores de cuarenta años y cae de forma gradual hasta el 8% en mayores de setenta.

Además, la renta vitalicia permite designar un beneficiario para el caso de que el titular muera antes de “recuperar” el capital invertido. Ese beneficiario puede no coincidir con los herederos forzosos, por lo cual este producto puede ser también una manera de planificar la herencia.

Esgrimiendo todas estas razones, las rentas vitalicias se ofrecen como un complemento para la jubilación. Sobre todo cuando se tienen en cuenta las previsiones más pesimistas para los pensionistas nuevos, las cuales hablan de una reducción del poder adquisitivo y de dificultades para mantener el nivel de vida en el futuro.

Riesgos y otros aspectos negativos

Por supuesto, también hay que tener en cuenta los riesgos y otros aspectos negativos de este producto financiero. Por un lado, el dato ya mencionado de su baja rentabilidad (1%-1,5%), que en muchos casos puede quedar incluso por debajo de la inflación.

Existe una modalidad de renta vitalicia más atractiva en ese sentido, conocida como “de capital cedido”, que ofrece una rentabilidad más alta. Pero también es mayor el riesgo: no es posible rescatar el capital invertido ni siquiera en caso de fallecimiento del titular.

¿Cuándo es posible rescatar la prima inicial? En los casos de las rentas vitalicias contratadas con mayor frecuencia: las llamadas de rentas constantes o de capital reservado. Aunque, en realidad, recuperar de esta forma el total del capital es casi imposible, como advertía ya en 2013 la organización de usuarios de bancos ADICAE.

Otro de los aspectos negativos también ya se ha mencionado: los beneficios tributarios son considerables solo en el caso de personas mayores de 65 o 70 años, según el caso.

También se suele mencionar como dato negativo de las rentas vitalicias el hecho de que no están cubiertas por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), que cubre hasta 100.000 euros de pérdida en caso de quiebra o insolvencia de entidades bancarias.

Sin embargo, según explica Gabriel Rodríguez, responsable del comparador de productos financieros SinComisiones.org, esa creencia “obedece más a un mantra que a otra cosa”. ¿Por qué? Pues porque las rentas vitalicias están “protegidas” por el Consorcio de Compensación de Seguros.

Este organismo vela por los seguros, “no tiene establecido el límite de 100.000 euros por titular” y además tiene mayores reservas que el FGD: más de 2.000 millones de euros contra 1.596 millones a cierre de 2016. Por eso, afirma Rodríguez, este hecho “distaría mucho de ser un inconveniente, más bien casi sería una ventaja”.

¿Conviene entonces una renta vitalicia?

Gabriel Rodríguez señala que la renta vitalicia puede tener cierto sentido en determinados casos puntuales. Por ejemplo, en el mencionado supuesto de que una persona mayor de 65 años venda una vivienda no habitual.

O en el de alguien que, al enviudar, pasa a cobrar una pensión mucho menor que la que percibía su cónyuge. Si puede vender una propiedad o utilizar ahorros para contratar una renta vitalicia que complemente esa pensión, este producto puede resultarle útil.

Pero “quien tenga oportunidad siempre podrá encontrar alternativas de rentas en otros lugares, con menores penalizaciones e intereses más altos”, apunta Rodríguez. Menciona como opciones los fondos de inversión cotizados (conocidos como ETF, por sus siglas en inglés) o “carteras constituidas por acciones de alto dividendo”.

Estos productos requieren una inversión inicial mucho menor y en general ofrecen tanto mejores índices de rentabilidad como la posibilidad de rescatar el capital más fácilmente. No obstante, está claro que también representan riesgos. Y exigen, desde luego, algunos mínimos conocimientos financieros.

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